Con suma urgencia ingresó al Congreso la reforma constitucional que crea una “variante” del Estado de Excepción Constitucional de Emergencia.

Desde el gobierno habían manifestado en diversas ocasiones su disconformidad con la duración de las prórrogas de la herramienta constitucional -que rige en la Macrozona Sur-, pues la legislación solo permite que ésta sea extendida cada 15 días. Además, existían dudas respecto a las restricciones que conlleva su aplicación, como el derecho a reunión.

Frente a esas inquietudes, a principios de octubre la ministra del Interior, Carolina Tohá confirmó que estaban trabajando en una estrategia para crear un estado de excepción que no implique suspender garantías constitucionales y tampoco obligue a tramitar las prórrogas cada quince días ante el Parlamento.

Sin embargo, antes de ingresar el proyecto, desde el Ejecutivo habían enfatizado que impulsarían un amplio trabajo prelegislativo que concitara opiniones y propuestas de todas las bancadas parlamentarias.

“En ese trabajo prelegislativo escuchamos a las distintas bancadas y surgió una idea que era mejor que la que nosotros originalmente habíamos propuesto”, reveló Tohá esta semana.

Y es que la iniciativa final que ingresó al Parlamento se basa en una recomendación del senador Rodrigo Galilea (RN), integrante de la Comisión de Constitución de la Cámara Alta.

Prórrogas de 60 días y sin limitaciones al derecho de reunión

La reforma constitucional -que preserva la posibilidad de que las Fuerzas Armadas puedan colaborar en orden público y seguridad- será debatida primero en el Senado y luego pasará a su discusión en la Cámara de Diputados.

Entre las modificaciones que propone está la posibilidad de que, tras seis renovaciones sucesivas aprobadas por el Parlamento, el gobierno pueda prorrogar el estado de emergencia por 60 días, en vez de los 15 que admite la actual legislación.

En caso de que se vise una extensión por 60 días, según la iniciativa, el Ejecutivo deberá emitir informes quincenales al Congreso con un balance y las medidas adoptadas en el territorio donde rija la herramienta constitucional.

También, se incorpora la opción de que ambas corporaciones del Parlamento puedan revocar el acuerdo de extensión por 60 días con cuatro séptimas partes de sus integrantes.

Otra de las novedades de la iniciativa es que no contempla limitaciones al derecho de reunión, y establece que solo podrá afectarse la libertad ambulatoria o de locomoción.

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