Estudio identifica los cambios de criterio en fallos de la Suprema

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Investigación del observatorio jurisprudencial del Programa de Derecho Administrativo Económico (PDAE) de la Universidad Católica comparó votaciones históricas de los jueces en más de 30 materias, detectando vaivenes inexplicables en las resoluciones y cambios de criterio tanto en cada sala como entre algunos ministros que varían su votación caso a caso.


La Agrícola Punitaqui Norte cosecha uvas de mesa y arándanos de exportación, en la provincia del Limarí, cada vez más afectada por la sequía. El pasado 19 de noviembre la empresa recibió una noticia desalentadora de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que rechazó autorizarles la regularización de los derechos de agua de seis pozos de sus terrenos que estaban siendo utilizados al menos desde 1967. El reconocimiento de los derechos consuetudinarios (ancestrales, no escritos) de aguas se ha vuelto un asunto impredecible al revisar los fallos del máximo tribunal.

"Todo marchó muy bien hasta 2014, pues los tribunales aceptaban esas regularizaciones. Pero de pronto la Corte Suprema comenzó a rechazar algunas regularizaciones, cambiando su antiguo criterio y a zigzaguear en la materia, y de manera inesperada a veces acepta y otras veces rechaza. Hoy parece una lotería", asevera el profesor de Derecho Administrativo Alejandro Vergara Blanco, quien en octubre, en el último número de la revista del Centro de Estudios Públicos (CEP), publicó un artículo titulado "Regularización de Derechos Consuetudinarios de Aguas: Crítica a la Jurisprudencia Vacilante de la Corte Suprema".

Los sucesivos cambios de criterio de la Corte Suprema respecto de los derechos de agua es solo uno de los numerosos casos que ha detectado Vergara de supuesta falta de concordancia entre los fallos. Junto a su equipo del Observatorio Jurisprudencial del Programa de Derecho Administrativo Económico (PDAE) de la Universidad Católica se han dedicado en los últimos meses a analizar decenas de dictámenes sobre más de 30 materias para realizar un análisis comparado de las votaciones de los jueces.

Resultado: para una misma materia una sala puede variar su criterio en reiteradas oportunidades, entregando argumentos disímiles en cada ocasión, esto ya sea debido al cambio en la composición de los miembros de cada sala de la Corte Suprema, por la inclusión de abogados integrantes o incluso por la situación de jueces que para un mismo asunto pueden ir modificando su votación sin justificación aparente.

Así, por ejemplo, la investigación revisó las distintas posturas que mantiene la corte respecto del plazo que rige para que un interesado pueda solicitar la invalidación de una Resolución de Calificación Ambiental de un proyecto (RCA). Desde 2015, el tribunal ha decretado en tres fallos que el plazo máximo es de dos años, pero en otros tres fallos ha decretado que el plazo legal solo es de 30 días. Si bien hay jueces que mantuvieron una postura constante, como Rosa Egnem quien siempre votó por la opción de dos años, otros jueces, como Carlos Aránguiz, registran votaciones en ambos sentidos: así, el 2016 apoyó el plazo de 30 días, en 2017 decretó en dos ocasiones que el plazo era de dos años, y el 2018 volvió a considerar que el plazo era de un mes.

También están los 15 casos desde el año 2015 donde la Corte Suprema ha debido pronunciarse sobre si las autorizaciones urbanísticas y medioambientales constituyen un requisito previo a la constitución judicial de una servidumbre minera. Más allá del debate jurídico -las juezas Gloria Ana Chevesich y Andrea Muñoz han votado consistentemente que solo se deben exigir los requisitos de la legislación minera, y el juez Ricardo Blanco se ha mantenido firme en la línea de que se deben solicitar otros permisos previos-, lo cierto es que la corte ha cambiado en seis ocasiones su opinión, dependiendo de la composición de la sala el día de la votación.

Otro caso: ¿Cómo se deben computar los días de plazo para que un ciudadano pueda presentar un recurso ante tribunales por un acto administrativo? En los últimos seis años, el criterio de los jueces ha saltado entre todas las opciones posibles, contarlos en días corridos, de lunes a domingo, según establece el Código Civil; contarlos como días procesales, de lunes a sábado, rigiéndose por el Código de Procedimiento Civil, o bien computarlos en días hábiles, según la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos.

Certeza jurídica

Contactados a través de la Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial, ninguno de los jueces quiso opinar sobre este reportaje. Para el investigador Alejandro Vergara, "los jueces se sienten con la libertad de cambiar una y otra vez de opinión impunemente. Un cambio de criterio sin fundamentos racionales que lo justifiquen es, por sí mismo, una arbitrariedad. Resulta pertinente preguntarse por aquello que sucede con un juez que viola sus propios precedentes, de manera sistemática y zigzagueante ante un caso idéntico".

Según explica, el problema de la falta de certeza jurídica no ocurre en países como los anglosajones, donde una resolución de un tribunal genera precedente para los siguientes dictámenes. A su juicio, se debería legislar para evitar las "vacilaciones jurisprudenciales" y el pleno de la Corte Suprema debería regular y sancionar los cambios de criterio.

El problema, insiste Vergara, es que esto puede terminar dañando el prestigio internacional de Chile. Ya en el ranking Rule of Law Index 2017-2018 de la World Justice Project (WJP), reporte internacional que monitorea el estado de derecho en distintos países del mundo, se ubicó a Chile entre los países de la Ocde con menor puntaje. En total, el organismo analiza 44 indicadores de cumplimiento, como el costo y acceso a la justicia, la tardanza de las resoluciones y la percepción de corrupción en la judicatura. Al comparar los resultados de los países miembros de la Ocde, Chile ocupa el puesto 24 de 28 en materia penal y el puesto 22 de 28 en materia civil.

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