En los próximos días la Dirección Nacional del Trabajo (DT) deberá pronunciarse respecto a la calificación de servicios mínimos solicitadas por, al menos, cuatro empresas operadoras del Transantiago, que de acuerdo con lo informado a La Tercera, pidieron hasta el 95% de su dotación para su funcionamiento en caso de huelga.
Se trata de las empresas Alsacia (responsable de los servicios 100), Express (que opera los servicios 400 y D), Vule (que tiene los servicios 300, E, H e I) y SuBus (con los servicios de línea 20 y G), que en todos los casos presentaron su calificación de servicios mínimos sin llegar a acuerdos con los trabajadores, e incluso, sin una respuesta formal de los sindicatos sobre la proposición que estaban presentando las empresas operadoras.
En el caso de Vule, que durante enero fue denunciada por sus trabajadores por prácticas antisindicales y solicitaron la clausura de la empresa, está solicitando una dotación incluso superior al 95% del total de sus funcionarios para servicios mínimos.
Mientras, en esta misma línea, según señalaron fuentes internas de la empresa SuBus, ésta habría solicitado una calificación del 90% de los trabajadores, para cubrir puestos mínimos en caso de huelga.
En tanto, las empresas Alsacia y Express, de acuerdo con lo que planteó la operadora a sus trabajadores, solicitaron un 95% de la dotación para servicios mínimos.
El argumento de las firmas
En este sentido, la razón esgrimida por las operadores del Transantiago-que tienen procesos de negociación colectiva en distintas fechas- apunta a que ellas se consideran firmas de utilidad pública, por lo que a su juicio, no podrían detener su funcionamiento, ya que este debe estar garantizado para la población de la Región Metropolitana, pues de lo contrario, y de generarse huelgas al interior de éstas, existiría un colapso en el resto de los servicios de transporte público de la capital.
De hecho, la empresa Vule tiene presentada una solicitud ante el Poder Judicial para que sean consideradas dentro de las "empresas estratégicas", entidades que quedan excluidas de la posibilidad de huelga de sus trabajadores, por considerarse su producción de funcionamiento vital.
Sin embargo, las operadoras del Transantiago quedaron fuera de esta norma (artículo 362 del Código del Trabajo), y por ende del listado que presentaron los ministerios de Economía, Trabajo y Defensa en agosto del año pasado.
Este artículo establece como empresa estratégica, toda aquella "cuya paralización cause grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional".
Al respecto, al interior de las empresas aseguran que existe una contradicción entre el listado que determina a las empresas estratégicas de utilidad pública y la licitación y contratos que utiliza el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para adjudicar las líneas, ya que en todo momento estos califican la operación del Transantiago como de "utilidad pública".
Además, sostienen que cada contrato tiene un programa de operaciones que debe cumplir la empresa (frecuencia, cobertura, capacidad, etc.), y que de no ser así, arriesgan el cese de los contratos con el gobierno, lo que se pondría en riesgo frente a una posible huelga legal.
Visión que no fue compartida desde el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, quienes aseguran que estas empresas operadoras del Transantiago no son de utilidad pública, y por ende, debe cumplir con las normas laborales que no permite reemplazar a sus trabajadores en caso de una paralización de las funciones en el marco de la negociación colectiva.
De todas maneras, en el ministerio indican que el funcionamiento del transporte público capitalino está garantizado, ya que es posible suplir aquellos recorridos con trabajadores en huelga, solicitando a las otras firmas del sistema, apoyo para el funcionamiento de las líneas.