"La ley constituye un avance relevante hacia la generación de una situación legal compatible en mayor medida con los derechos constitucionales de la mujer", sentencia un texto suscrito por 17 abogados constitucionalistas presentado ante el TC para rechazar las impugnaciones de inconstitucionalidad que los requerimientos de los parlamentarios de Chile Vamos hicieron al proyecto que despenaliza el aborto en tres causales.

"El sistema penal solo puede regular la interrupción del embarazo asumiendo el carácter justificante de la concurrencia de las circunstancias señaladas por éste. De otra forma se producen toda clase de consecuencias absurdas y, en general, se deja a la mujer desprotegida y entregada al 'mercado negro'. No puede impugnarse la constitucionalidad del proyecto por establecer un sistema en este sentido", se advierte en el informe, redactado, entre otros juristas, por Jaime Couso, María Inés Horvith, Miguel Soto Piñeiro y Javier Contesse.

Frente a las objeciones presentadas contra la causal de violación, el texto agrega que la impugnación debe ser evaluada desde la "lógica directa del derecho constitucional" y que, en este sentido, se reconoce como "prerrogativa del legislador determinar en cuál de todas las circunstancias imaginables en las que el embarazo resultara una carga excepcionalmente alta para la mujer se reconoce un permiso de poner término al embarazo".

A este respecto, se explica que la exigencia es que la circunstancia reconocida por el legislador tenga fundamentos suficientes y se destaca que la experiencia comparada muestra que "constituciones con contenidos asimilables al chileno dejan siempre margen al legislador para establecer una indicación criminogénica".

También se señala que el proyecto aprobado por el Congreso es "sumamente limitado en el reconocimiento de la licitud de la interrupción voluntaria del embarazo: solo reconocer tres indicaciones y las sujetas a la versión más estricta de cada una de estas".