El presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif) valoró la entrada en vigencia a partir de mañana del reglamento sobre manifestación expresa de la aceptación del consumidor en contratos de adhesión de productos y servicios financieros.
"La banca está trabajando activamente para transformar la nueva normativa de consentimiento expreso en un mejor servicio al cliente, que sea de fácil acceso y que cumpla los estándares de seguridad con los que siempre ha operado la industria", afirmó Awad.
Este nuevo mecanismo establece que los contratos de adhesión de productos y servicios financieros se deben modificar con el consentimiento expreso de los clientes. De igual forma, reconoce la facultad de cualquiera de la partes de ponerles término cuando no se pueda llegar a un acuerdo.
"Todo esto va en línea con el actual esquema de libertad de precios, evitando los contratos perpetuos, y a la vez garantizando la libertad del consumidor para elegir", afirmó el presidente de la Abif.
A juicio del gremio, para que estos nuevos sistemas de contratación a distancia funcionen sin afectar la confianza y estabilidad del sistema financiero, será importante validar previamente con la autoridad las medidas de autentificación y seguridad que permitan mitigar tanto el riesgo de fraudes o suplantaciones, como la posibilidad de que algunos clientes desconozcan injustificadamente una aceptación dada en forma remota.
Asimismo, la nueva normativa genera un compromiso compartido entre las personas y los proveedores, señaló la Abif.
Mientras los consumidores tendrán el deber de registrar y mantener permanentemente actualizados sus datos de contacto, es responsabilidad del proveedor entregar distintas alternativas para lograr el consentimiento expreso del cliente.
En este sentido, los canales que los usuarios podrán utilizar para dar su consentimiento a los cambios contractuales propuestos serán definidos por cada entidad bancaria, según sus posibilidades y considerando las alternativas que contempla el nuevo reglamento que son: las páginas web o sitios web electrónicos de los proveedores; correos electrónicos; comunicaciones telefónicas con mecanismo de grabación; mensajes de texto; dispositivos de autentificación biométrica; cajeros automáticos; terminales de venta electrónicos, y cualquier otra forma de firma electrónica.
"La eficacia del sistema de consentimiento expreso, en todo caso, se definirá en el tiempo, ya que tampoco se conocen experiencias a nivel mundial que exijan la aceptación expresa para modificar millones de contratos de larga duración", indicó la Sbif.