"Mis representados admiten que han cometido errores, el principal de los cuales es no haber implementado medidas de control que evitaran que en algunas de sus sociedades de inversión imperara una estructura de malas prácticas que nunca debió existir", señaló el abogado del Grupo Penta, Julián López, luego de que la fiscalía solicitara hoy la primera audiencia de formalización en el denominado caso Penta.

Explicó que el requerimiento de la fiscalía "es sólo una presentación mediante la cual se pide la fijación de una audiencia y no es el acto mediante el cual se informa de los hechos investigados por la fiscalía".

López indicó que "los hechos han demostrado que la fiscalía no tiene cargos que demostrar contra mis representados" en el lavado de activos. 

Sostuvo que durante estos meses de investigación "hemos contribuido a que los hechos se esclarezcan y lo hemos hecho donde corresponde, que es el Ministerio Público". En esa línea agregó que "apenas tuvimos tuvimos acceso a la investigación, mis representados acudieron voluntariamente ante el fiscal y prestaron una declaración que la propia fiscalía ha considerado útil".

"La solicitud deja en claro que ni Carlos Eugenio Lavín, ni Carlos Alberto Délano, ni sus sociedades se encuentran vinculadas en el fraude al FUT. La fiscalía no les imputa participación alguna en el soborno de funcionarios del SII, en la obtención de devoluciones indebidas, ni el délito de lavado de acitvos asociados a estas conductas", aseguró.

No obstante, señaló que Délano y Lavín "no pretenden eludir la responsabilidad que les cabe como socios fundadores y representantes legales de esas sociedades".

En cuanto a los supuestos financiamientos de campañas dijo que "la razón por la cual Carlos Eugenio Délano y Carlos Alberto Lavín han efectuado aportes a campañas políticas durante mucho tiempo es contribuir al financiamiento de una actividad de interés público".

Continuó con que "la decisiones de apoyar a determinados candidatos en las elecciones ha sido una decisión que han tomado concientemente, pero las irregularidades en que se ha incurrido tienen que ver en la forma en que se materializaron esos aportes y esa es una responsabilidad que estaba radicada en la gerencia que tenía la administración financiera y contable de esas sociedades".

La solicitud se hace en el marco de una indagatoria por los delitos de lavado de activos, delitos tributarios y cohecho (respecto a funcionarios públicos), y soborno (respecto a los particulares).

El requerimiento es contra:

CARLOS ALBERTO DELANO: por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero  del Código Tributario y por el delito de soborno.

CARLOS EUGENIO LAVIN: por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario y por delito de soborno.

MANUEL ANTONIO TOCORNAL: por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario.

PABLO GUILLERMO WAGNER: por delito de cohecho y  por el delito de lavado de activos.

SAMUEL IRARRAZAVAL: por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario.

CARLOS RAMÓN BOMBAL:  delito tributario, previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4 inciso final  del Código Tributario.