El 25 de abril pasado, el ex gerente general de KDM Fernando León, formalizado por soborno y fraude al Fisco, llegó a un acuerdo de suspensión condicional del procedimiento con el fiscal regional Occidente, José Luis Pérez Calaf, en el marco del caso Basura, el que consiste en un plan de reciclaje para 2.500 hogares de Maipú de $ 206 millones y el pago adicional de $ 36 millones a beneficio fiscal. Dos semanas después, el fiscal nacional Jorge Abbott abrió un sumario en contra de Pérez Calaf por "la falta de cumplimiento de un instructivo de la Fiscalía Nacional que dice que cualquier suspensión condicional en relación a corrupción debe contar con un informe técnico favorable de la Unidad Anticorrupción y que en este caso no existió". Tras esa decisión, el abogado de León, Sergio Rodríguez, se refiere a las implicancias que podría tener una posible sanción para Pérez Calaf.
¿Cómo afectaría la eventual sanción a Pérez Calaf por la suspensión condicional del procedimiento acordado con León?
La eventual responsabilidad administrativa que tenga un fiscal por una conducta funcionaria en ningún caso afecta las actuaciones válidamente realizadas por el Ministerio Público ante los tribunales y las decisiones de los tribunales. Si es que hubiese infracción de reglamentación interna es un tema administrativo, de absoluta menor entidad. Lo importante es que la ley establece quién es el titular de la acción y este es el fiscal regional, ni siquiera el fiscal nacional.
¿Y si se abre una causa penal en contra de Pérez Calaf?
Del fiscal regional no ha existido ilícito de orden penal, a él se le inició una investigación administrativa por haber omitido supuestamente un informe previo de la unidad anticorrupción de acuerdo a un oficio de la Fiscalía Nacional. Eso en sí mismo no es un delito.
¿Sabe si la Fiscalía Nacional estaba al tanto del acuerdo?
La Fiscalía Nacional tenía pleno conocimiento de esta salida alternativa. Es más, fui requerido a fin de que se acompañasen algunos antecedentes que detallaran en qué consistían los servicios relacionados con el programa social de reciclaje. Y en ese sentido fue que le mandamos vía correo electrónico a la fiscalía regional antecedentes e informes para ser remitidos a la Fiscalía Nacional.
¿Por qué se opta por una suspensión condicional en vez de llegar a un juicio y demostrar su inocencia?
Si no aceptamos la suspensión condicional, deberíamos enfrentar un juicio con más de 300 testigos, con una cantidad innumerable de peritos y que en 90% no tienen que ver con esta causa, y que se piensa podría ser el juicio más largo en la historia de la reforma procesal penal. Conversando con nuestro cliente, le manifestamos que teníamos plena certeza de que lo iban a absolver, pero me dijo que no podía estar ocho meses en juicio: hay un costo familiar, laboral y hasta para su salud que no estaba dispuesto a aceptar. Frente a eso, nos pareció razonable una salida alternativa en que no se establece culpabilidad.
¿Qué diferencia tiene esta suspensión con otros casos como el de Tottus de Colina o el caso Farmacias?
Una diferencia es que en este caso el Fisco, representado por el Consejo de Defensa del Estado, nos apoya. Otra es que es que la carga de los cumplimientos de las condiciones de suspensión fueran del patrimonio León y tiene que solventar de su patrimonio el 50% del perjuicio que eventualmente habría tenido en la municipalidad por las licitaciones.
¿Cómo se llega a este acuerdo si es que Maipú se oponía?
No es que la municipalidad se haya opuesto a la suspensión, sino que pedían otra condición. Ellos tenían como intención que con estos dineros, en lugar de hacer un plan de reciclaje, se habilitara un spa para la tercera edad. Eso nunca fue planteado a nosotros.