Hoy es un día clave para el ex fiscal de La Araucanía Ricardo Traipe. En los tribunales laborales de la IX Región se analizarán las pruebas que serán tomadas en cuenta en la demanda que el abogado presentó contra el Ministerio Público. Específicamente, Traipe indica que durante su paso por la fiscalía se le vulneraron los derechos de no discriminación e integridad síquica. Además, según él, el ente persecutor ha investigado con mayor ahínco las causas en que los imputados resultaron ser comuneros mapuches.
¿Qué actos apreció y que lo llevaron a pensar que estaba siendo discriminado?
Puedo indicar que el motivo esgrimido en mi desvinculación se encuentra por no haber presentado una acusación dentro de plazo. Esto trae aparejada una responsabilidad administrativa, pero es una falta de frecuente ocurrencia y que se asocia con la excesiva recarga laboral que yo tenía, porque era el único fiscal que en la práctica estaba en la fiscalía. Tampoco se está en presencia de un acto de corrupción ni una falta o delito penal (...). Esto viene a ser una manifestación final de un contexto general de discriminación, donde el primero de estos hechos fue nombrar en calidad de fiscal adjunto jefe de Collipulli a una fiscal ad hoc, con mucho menos experiencia que yo. Esto generó en esta persecutora asignaciones adicionales económicas.
¿Qué otros actos de esta índole puede mencionar?
Se desarrollaron también acciones de hostigamiento para intensificar, injustificadamente, la persecución penal a sujetos ligados a la etnia mapuche y yo soy originario de esa etnia. En lo personal, no tenía favoritismo por las causas o por las personas imputadas mapuches. Creo que en el rol de fiscal a uno le corresponde ejercerlo y sin perjuicio del pensamiento que pueda tener sobre el contexto del conflicto mapuche. En mi función siempre traté de ser objetivo. Y eso, deduzco yo, que fue el motivo por el cual me desvincularon.
¿Cómo se investigan los temas relacionados con el conflicto en la fiscalía de la IX Región? ¿Había como un trato especial?
Puedo partir señalando un hecho que es objetivo. Estas causas de conflicto mapuche, especialmente las de mayor relevancia o conocimiento público, como los incendios de camiones o de inmuebles, son investigados por persecutores de exclusiva confianza del fiscal regional. Ellos forman parte de una unidad especial, tienen el carácter de fiscales adjuntos jefes y reciben una remuneración muy superior a los otros fiscales. La forma en que se realizan las indagaciones la desconozco en detalle, pero de mi experiencia como fiscal en Collipulli pude observar que bajo el contexto de los delitos vinculados a demandas territoriales o de connotación pública, que no se habían logrado perseguir eficazmente en la fiscalía, se ha generado una especie de tendencia por parte de la autoridad regional de satisfacer la demanda social de seguridad, a través de lineamientos tendientes en forma primordial a obtener resultados. Lo que se ha traducido en ocasiones, a mi juicio, en el abandono del rol constitucional y legal de desarrollar las indagatorias objetivas. Esto, centrando las investigaciones sobre ciertos grupos sospechosos, en este caso mapuches de comunidades catalogadas como conflictivas, priorizándose la línea de investigación que las culpabiliza, ignorando otras hipótesis posibles o pidiendo, incluso, medidas cautelares que exceden el mérito del caso concreto.
¿Tuvo una experiencia en este sentido?
Hubo una comunicación de correo electrónico donde el fiscal subrogante (Alberto Chiffelle) me reprende por no solicitar una prisión preventiva, en un caso de un detenido mapuche de la comunidad Temucuicui, que fue imputado por abigeato respecto de un conocido agricultor de origen suizo de Ercilla. En el mérito del delito de la investigación y de conocimiento personal de la carpeta de investigación, no permitía fundar una prisión preventiva. Incluso, digamos, era una investigación que era de dudosa imputación o que se veía bastante dudosa la participación de esta persona.