Tras conocerse la decisión de la Corte Internacional de Justicia, respecto de la demanda limítrofe presentada por Perú contra Chile, el equipo jurídico liderado por Alberto van Klaveren emitió una declaración de diez puntos, sobre el resultado del litigio.
En esa línea, el agente chileno expresó que, en términos generales, "la Corte Internacional de Justicia ha dictado, en esta fecha, su sentencia, en el caso de controversia marítima, iniciado por la demanda de Perú contra Chile en 2008".
"Segundo: Este fallo de la Corte es vinculante y ambos países se han comprometido a cumplirlo. Corresponde ahora analizar en profundidad esta sentencia, a fin de conocer sus alcances, y examinar sus fundamentos".
Precisa que "efectuaremos esta tarea, conforme a la larga tradición de respeto al derecho internacional de nuestro país.
"Tercero: la soberanía, los derechos soberanos, la jurisdicción y los derechos marítimos de Chile, se vieron representados ante la Corte, con el respaldo de contundentes pruebas, sobre los tratados vigentes, y el ejercicio continuo y pacífico de las competencias marítimas".
El agente chileno enfatizó que "fueron muchos los antecedentes que demostraban la existencia y el respeto continuo a un límite marítimo acordado entre ambos países".
En cuarto, destacó que "la Corte ha reafirmado la vigencia del paralelo limítrofe que pasa por el Hito Uno, como la frontera marítima de Arica, para todo efecto. Esto es: suelo, subsuelo y columna de agua".
"Ha trazado, asimismo, una línea de frontera, entre los espacios marítimos de ambos países, que le corresponden según el derecho del mar".
Acota que "Chile toma nota del compromiso formal, reconocido por la Corte, de que esta delimitación se aplica a las zonas marítimas establecidas en la convención de las Naciones Unidas, sobre el derecho del mar".
Quinto: "el paralelo que pasa sobre el Hito Uno salvaguarda derechos esenciales, que confirman la posición de nuestro país".
<strong>"Es el reconocimiento de una historia marítima intachable y que otorga a Arica e Iquique una vital proyección marítima, asunto que fue siempre de especial preocupación para esta defensa". </strong>
"Sexto: La Corte Internacional de Justicia también ha efectuado, por decisión de mayoría, una modificación del límite de 200 millas, que deriva de los acuerdos vigentes, reduciendo la extensión del paralelo".
<strong>"Lamentamos profundamente esta resolución, que en nuestra opinión, carece de fundamento". </strong>
"Séptimo: conforme a los principios y reglas del derecho del mar vigentes, y reafirmados por la sentencia, Chile tiene derecho a ejercer las libertades de navegación y de sobrevuelo, sobre la zona económica exclusiva peruana, como lo garantiza el derecho internacional".
El agente chileno detalló que "corresponderá a ambos países, con espíritu de buena vecindad, tutilar que estas libertades se ejerzan sin impedimento, y que las comunicaciones en alta mar sean expeditas y sin interrupción".
PALABRAS FINALES
El agente hizo hincapié en que, "de acuerdo a la política de Estado por la que Chile ha asumido la conducción de la defensa de su soberanía y jurisdicción, y siguiendo una tradición permanente del país, estimamos oportuno destacar la calidad, generosidad y compromiso de todos quienes han participado en el proceso, así como el apoyo de la comunidad nacional y sus instituciones, a lo largo de varios años y sucesivos gobiernos".
"Noveno: Chile ha cooperado con el proceso que hoy culmina, de buena fe, con pleno respeto a la CIJ, en su calidad de órgano judicial principal de las Naciones Unidas".
Por último, informó que "viajo de inmediato a Chile para entregar el fallo que he recibido de la Corte, en calidad de agente en este caso, a las autoridades del país".