Señor director
La comisión de Constitución de la Cámara aprobó un proyecto que tiene por objeto "sancionar con cárcel a quienes nieguen, justifiquen o minimicen los delitos de lesa humanidad cometidos en Chile" (Boletín 8049-17). El tema de fondo es cuál sería el bien jurídico protegido. El diputado Leonardo Soto señaló que el bien jurídico sería "proteger a cientos de miles de víctimas de violaciones a los DD.HH. que se produjeron en Chile… personas que sin duda se sienten afectadas y ofendidas cuando alguien niega, justifica o minimiza lo que ocurrió… por eso fue necesario establecer una verdad histórica".
Sin perjuicio de la verdad judicial que ha determinado la existencia de violaciones a los DD.HH. -que no cuestionamos- la motivación es perseguir penalmente a las personas por sus ideas. En la comisión, el director del INDH señaló que "debe tenerse en cuenta que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos establece una particularidad, a diferencia del sistema europeo, pues la censura previa está totalmente proscrita, y el derecho penal está desincentivado para regular la libertad de expresión. Si se quiere punir la libertad de expresión, el Sistema ha señalado que la herramienta penal no es el incentivo adecuado". Esto es consistente con nuestro texto constitucional que garantiza la libertad de emitir opinión y de informar sin censura, en cualquier forma y en cualquier medio.
El proyecto, con un bien jurídico difusamente orientado a castigar opiniones, tiene tintes orwellianos que deben preocupar respecto de una verdad oficial impuesta por ley, cuya contravención puede significar la pérdida de la libertad.
Máximo Pavez C.
Director Área Legislativa Fundación Jaime Guzmán