La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección contra la polémica ordenanza del municipio de Karen Rojo que le abriría la puerta a poder multar a gente en situación de calle.

Según indicó el tribunal en su fallo "desde el punto de vista de legalidad del acto administrativo, encontrándose la administración de los bienes de uso público bajo responsabilidad del alcalde, es jurídicamente admisible que éste dicte una ordenanza que establezca limitaciones al uso de estos por particulares en la forma que se reguló".

La alcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, valoró lo determinado por el tribunal.

"Hoy este fallo es un tremendo precedente para Chile, porque ratifica tres cosas fundamentales: que los alcaldes tenemos la facultad de generar las ordenanzas municipales; que aquí en ningún caso se ha vulnerado el derecho constitucional de nadie; y además, queda de manifiesto que este recurso que se presentó no se hizo de la manera debida", sostuvo la edil.

Agregó que "esperaremos los próximos cinco día, que es el plazo para esperar algún recurso o documento en contra de este fallo, para colocarla en práctica, porque las ordenanzas están para cumplirlas".