Poco más de 24 horas durará la visita que el ex juez español Baltasar Garzón realizará a nuestro país. Invitado por el Partido Socialista, llega hoy a territorio nacional para participar en el foro "Genocidio y asociación ilícita genocida: el caso Chile", que tendrá lugar en la sede del Congreso, en Santiago. Como era de esperar, el paso por el país de quien mantuvo preso en Londres al fallecido Augusto Pinochet en 1998 no iba a pasar desapercibido y ha desatado críticas de militantes UDI que buscaban prohibir su ingreso.
En 2006 hubo organizaciones de militares que protestaron por su venida. ¿Cree que 10 años después ocurra lo mismo?
Quienes consideran que han sido reprochados por sus acciones por la sociedad o incluso por la justicia tienden a culpar a quien investiga o señala el problema. No es nuevo. Esto me indica que he actuado correctamente en cuanto a que no he dudado en investigar a aquel o aquellos sobre los que había indicios suficientes como para emprender las pesquisas sin considerar más aspectos que la ley. No sé si 10 años después, como usted dice, puedan albergar estos sentimientos de rechazo hacia mí las personas que usted menciona. He estado en Chile más veces, la última cuando gobernaba Sebastián Piñera, y me he entrevistado con los presidentes Aylwin, Frei y Lagos, y no ha pasado nada, pero debo decirle que no me preocupa demasiado. Pienso que han pasado muchas cosas en Chile en este tiempo y que cada cual debe hacer la reflexión de cuál ha sido su actuación propia o de un sector del colectivo al que pertenece y cuáles las consecuencias sobre los demás, antes de culpabilizar a otros.
Ex oficiales del Ejército, presos por crímenes de lesa humanidad y que están enfermos, han pedido un indulto que les permita morir en sus casas, con sus familias. ¿Qué le parece esa iniciativa?
Estoy convencido de que hay situaciones que pueden estudiarse caso a caso y que la justicia deberá valorar minuciosamente. Las razones humanitarias deben aplicarse por igual a cualquier persona que esté en una situación incompatible con los fines de la pena. El lugar de cumplimento en este caso puede no ser el elemento principal. Sin embargo, si es como regla general y una reivindicación, no me parece bien. En todo caso, para paliar estas situaciones, no creo que el indulto sea la medida a adoptar. En este asunto me he expresado públicamente en España, con casos como el de un dirigente de la organización terrorista ETA, cuya prisión ordené y que después fue condenado por actos execrables, que sufría un cáncer terminal. Mi opinión fue clara: un estado de derecho no puede permitir que una persona muera en prisión, porque, en ningún caso, la justicia es venganza.
¿El caso de Pinochet y su detención en Londres marcaron su carrera a nivel internacional?
A pesar de que el dictador Pinochet no fuera juzgado en España y de que falleciera antes de enfrentarse a la justicia de su país, la repercusión del caso en el derecho penal internacional es innegable. Cambió la percepción de la impunidad en Chile, donde se sucedieron las denuncias, investigaciones y procesos contra el dictador, que fue procesado por el juez Juan Guzmán, un gran juez, permitiendo, definitivamente, el despertar de la justicia frente a la impunidad impuesta por el miedo y el silencio oficiales... Tampoco tengo duda de que la interpretación de este principio de jurisdicción universal y de las normas que lo regulan me llevó en su momento al reconocimiento internacional y también, años después, en 2010, a la suspensión de mis funciones como juez, al abrir la causa contra los crímenes franquistas. Aunque el coste profesional ha sido alto y la sensación agridulce, me siento orgulloso del camino recorrido.
En Chile hay una corriente de jueces llamados garantistas, por creer que la prisión preventiva es excepcional. ¿Que opina de esto?
Fue Concepción Arenal la que dijo: "Odia al delito y compadece al delincuente", y es conocida la idea de que "más vale un posible culpable absuelto que un inocente condenado", de ahí el principio "in dubio pro reo" o "in dubio pro libertate". Nuevamente no se puede generalizar. La prisión preventiva o provisional siempre es excepcional y sólo se puede adoptar cuando hay riesgo de sustracción a la justicia o riesgo de destrucción de pruebas o de interferencias sustanciales en el proceso, y siempre que la conducta sea grave, de tal modo que te haga inferir que el presunto autor pueda tener la tentación de marcharse. Salvo en estos casos, no creo que la prisión provisional se deba utilizar como un instrumento de pacificación social, anticipo de pena o por la "peligrosidad" del imputado.
Algunos de estos jueces han sido comparados con usted y son tildados de activistas. ¿Lo comparte?
Si por activista se refieren a una persona cuyo trabajo se ha dirigido siempre a la defensa de la justicia, a poner a las víctimas en primer plano y a reivindicar los derechos humanos como premisa básica en toda actuación política, judicial o social, sí, puede llamarme activista.