En tribunales, BCI Seguros Generales busca resarcir los daños que provocara el desborde del río Mapocho a mediados de abril pasado a sus asegurados. La compañía presentó el pasado jueves una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual en contra del Fisco, Sacyr y Costanera Norte, por los perjuicios que les generará a sus asegurados producto del daño ocasionado a bienes muebles e inmuebles al ingresar agua, lodo, piedras y todo tipo de escombros.
Todo ocurre a más de un año de que el río Mapocho se desbordara el 17 de abril de 2016, tras intensas lluvias en la Región Metropolitana. Dicho desborde hizo que el afluente saliera de su curso normal y dejara millonarios destrozos en instalaciones comerciales, de oficinas y residenciales principalmente de sectores ubicados en la comuna de Providencia, particularmente por trabajos que se desarrollaban en la construcción de la autopista Costanera Norte.
Como consecuencia de lo anterior, y a medida que las denuncias de los siniestros se fueron presentando por los distintos asegurados, BCI Seguros fue pagando con cargo a las pólizas vigentes las indemnizaciones que correspondían de acuerdo a las condiciones pactadas en cada uno de los respectivos contratos de seguros, las que en definitiva, representan un monto total indemnizado ascendente a 44.621,23 UF (entorno a los US$ 2 millones).
A modo de ejemplo de la cuantificación de perjuicios generados a los asegurados es que prácticamente el 50% de ellos lo sufrieron la Comunidad Edificio Costa Lyon, Inmobiliaria e Inversiones Simercado Uno y Caja de Compensación Los Andes. Los tres suman poco más de 20 mil UF (unos US$ 800 mil) en indemnizaciones pagadas por la firma aseguradora.
En total, 26 son los asegurados que sufrieron daños, pero posteriormente indemnizados de acuerdo a las pólizas contratadas con BCI Seguros Generales.
Al respecto, la compañía se apoyó en el artículo 534 del Código del Comercio que consagra la subrogación legal en los siguientes términos: "Por el pago de la indemnización, el asegurador subroga en los derechos y acciones que el asegurado tenga en contra de terceros en razón del siniestro".
Los asegurados al momento de recibir el pago de la indemnización suscribieron un finiquito donde se cedía a BCI Seguros Generales todas sus acciones y derechos para perseguir las responsabilidades derivadas del siniestro.
Acusaciones
"La conducta pasiva de las demandadas es absolutamente reprochable. En dicha oportunidad, el ministro de Obras Públicas afirmó que la inundación se pudo evitar con la construcción de un enrocado en la chimenea del túnel. Una medida que formaba parte del plan de contingencia. De acuerdo con su versión, la empresa no cumplió con realizar las obras que hubiesen evitado el escurrimiento de las aguas y lodo hacia la avenida Andrés Bello", denunció la aseguradora.
Y añadió: "Sin perjuicio de las alertas efectuadas por los organismos pertinentes. Ni Costanera Norte, ni las empresa constructora Sacyr, reforzaron las obras ni adoptaron otras medidas eficaces de manera de prevenir o mitigar los posibles daños que pudieran ocurrir a causa del frente de mal tiempo, el que fue conocido por todos los demandados con la debida anticipación, lo que se tradujo en la inundación de la Costanera Andrés Bello, generando una noticia a nivel nacional e internacional por los graves perjuicios ocasionados".
Procesos
A la fecha son al menos 10 las demandas que han sido tramitadas en juzgados civiles en contra de Costanera Norte, Sacyr y el Fisco, pero el caso ha salpicado incluso a la arena penal con dos querellas en curso por parte de los afectados.
Editorial Catalonia y Catalina y María Laura Infante Beovic interpusieron una querella criminal por los daños sufridos.
Después de que inicialmente el 4° Juzgado de Garantía se declarara incompetente (decisión que luego fue revertida), el Ministerio Público designó a María Valeria Gómez como fiscal a cargo. Hoy, los querellantes representados por el abogado Juan Ignacio Correa están a la espera de conocer cuánto tomará la investigación penal.