Entre los años 2006 y 2012 se registraron más de 140 atentados con explosivos en la Región Metropolitana, que afectaron a distintas entidades.
Sin embargo, hasta el momento, ninguna de las causas llevadas a juicio por estos hechos ha sido calificada como terrorista, pese a que el ministerio público invocó dicha condición.
De hecho, ayer fue desestimada por quinta vez la calificación de delito terrorista en una acusación presentada por la fiscalía Sur, donde el único imputado por el bombazo del Retén Las Vizcachas, fue absuelto.
Lo mismo ocurrió con el llamado Caso Bombas, donde los seis acusados fueron absueltos, y la acusación contra Luciano Pitronello, Hans Niemeyer y Carla Verdugo, quienes, si bien fueron condenados, se descartó y criticó la calificación amparada en la Ley Antiterrorista.
CASO BOMBAS: TODOS ABSUELTOS
La investigación del llamado "Caso Bombas" fue duramente criticada en el fallo que absolvió a los seis imputados en la causa.
Cuatro mil pruebas fueron eliminadas por ser mal elaboradas y 13 acusados fueron sobreseídos antes de enfrentar el juicio oral.
Los 10 errores que llevaron a sobreseer a 13 acusados en el caso bombas
En los alegatos finales del juicio, el Tercer Tribunal Oral de Santiago llamó a recalificar la tipificación del delito "colocación de artefactos explosivos con carácter terrorista" a la de "simples daños", lo que no fue aceptado por los persecutores.
Tras el juicio, que duró más de seis meses, la justicia declaró a los imputados inocentes, y argumentó que "la prueba rendida sobre estos hechos de cargo es notoriamente exigua e impertinente". Entre esas pruebas había literatura, afiches y folletos de corte anarquista.
El juicio terminó con una condena en costas en contra del fisco, el que fue obligado a pagar poco más de un millón de dólares para los 6 imputados absueltos.
Se trata del mayor castigo contra el fisco, desde la implementación de la reforma procesal penal.
PITRONELLO, NIEMEYER Y VERDUGO: CONDENADOS PERO NO TERRORISTAS
LUCIANO PITRONELLO SCHUFFENEGER
Tras 14 días de juicio, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Luciano Pitronello a seis años de libertad vigilada por los delitos de daños, posesión de artefacto explosivo y uso de patente falsa.
La justicia concluyó que el acto cometido por Pitronello el 1 de junio no puede ser calificado como terrorista, pues no se comprueba que su intención fuera generar pánico en la población.
El joven anarquista fue sorprendido por cámaras de seguridad colocando un artefacto explosivo en la sucursal del Banco Santander, ubicada en Vicuña Mackenna con Victoria, pero no logró su cometido, ya que le explotó la bomba en las manos, resultando con heridas graves, perdiendo la mano derecha y algunos dedos de la izquierda.
Pese a que nuevamente la justicia descartó la existencia de delito terrorista, el entonces Ministro del Interior, Andrés Chadwick, salió a defender las modificaciones de la ley durante el gobierno de Sebastián Piñera.
CARLA VERDUGO SALINAS
El 16 de abril de 2012, fue detenida Carla Verdugo, pareja del ex lautarista Juan Aliste Vega, por portar elementos de un aparato explosivo.
Dos días después fue formalizada por colocación de artefacto explosivo en grado de frustrado, bajo la calificación de terrorista, ya que según la investigación, la intención de la joven era detonar la bomba el mismo día de la preparación de juicio de su pareja, acusado del asalto al banco Security y la muerte del cabo Luis Moyano.
Cartas entre Juan Aliste Vega y Carla Verdugo serán utilizadas como prueba en contra de la joven acusada de terrorismo
Con cerca de cien pruebas la fiscalía Metropolitana Sur pretende comprobar la existencia de delito terrorista en contra de la pareja del ex lautarista, Juan Aliste Vega, Carla Verdugo, acusada de colocación de artefacto explosivo.
Tras el juicio oral, Verdugo fue declarada culpable del delito de porte de implemento de activación para explosivos, ilícito considerado como una infracción común a la ley de armas.
Pero tras descartarse la existencia de un delito terrorista, la fiscalía Sur presentó un recurso para anular el juicio, ya que según el fiscal Héctor Barros, "ir en la noche, a las 3 de la mañana portando una bomba no es una conducta ordinaria".
HANS NIEMEYER SALINAS
El 1 de diciembre de 2011 fue detenido el sociólogo Hans Niemeyer, acusado de instalar una bomba en una sucursal bancaria de Macul.
Tras ello, el fiscal regional, Raúl Guzmán, acusó a Niemeyer por cuatro hechos, algunos de ellos, con carácter de terrorista.
Caso Niemeyer: los hechos por los que se imputa delito terrorista
Según el fiscal Héctor Barros, en esta causa hubo antecedentes adicionales "que no estaban presentes en otros casos que hemos logrado llevar a juicio durante el último tiempo y dice relación básicamente con la prueba documental que se encontró en el computador de Hans Niemeyer, y la vinculación de él con las páginas de contrainformación".
Sin embargo, tras el juicio, el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal indicó que las pruebas sólo acreditaron la manipulación del artefacto detonado en banco BCI, por lo que fue condenado por daños e infracción a la ley de control de armas y explosivos, siendo descartado el carácter de terrorista.
VICTOR MONTOYA PIDE FISCALIZAR A LOS FISCALES
"Vivimos en presencia de terroristas amparados por el Estado. Me gustaría saber si de aquí en adelante, los fiscales van a ser fiscalizados por el seudo trabajo que realizan", dijo Víctor Montoya tras ser absuelto ayer, por el delito de colocación de artefacto explosivo terrorista.
El joven de 23 años permaneció 16 meses en prisión preventiva, mientras era investigado por la fiscalía Sur, por su presunta responsabilidad en la detonación de una bomba en el retén de Carabineros de las Vizcachas, en febrero de 2013
En su fallo, el Tribunal Oral de Puente Alto, criticó la labor investigativa del Ministerio Público, y absolvió a Montoya, asegurando que "la prueba de cargo fue insuficiente e inidónea".
El tribunal manifestó que durante el juicio la fiscalía presentó testigos protegidos "imprecisos", e hipótesis de agentes policiales que "demostró un importante sesgo en su construcción".
Además desestimó que su conducta vegana y animalista tuviera relación con grupos anárquicos, y expresó que los hechos descritos en la acusación, corresponden a delitos de daños y porte de artefactos explosivos, contenidos en la ley común.