La Cámara de Diputados aprobó este miércoles por 90 votos a favor 11 en contra y 7 abstenciones las modificaciones al artículo 64 relativas a la exclusividad de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para iniciar la acción legal en los casos de colusión.
De este modo ahora sólo falta la aprobación por parte del Senado del artículo, que el lunes recibió el visto bueno de la Comisión Mixta, para que el proyecto que establece penas de cárcel y aumenta las multas para los casos de colusión pueda convertirse en ley.
"Más que antagonismo entre la FNE y el Ministerio Público, estos deberán colaborar para que exista cárcel para la colusión", dijo el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.
El Senado analizará la iniciativa a partir de las 4 de la tarde.
El acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión Mixta, ratificado por la Cámara, mantiene que el inicio de la investigación penal se gatilla a través de querella interpuesta por la Fiscalía Nacional Económica, tal como establecía el texto que había sido aprobado previamente por ambas cámaras.
En ese sentido, la indicación presentada por el Ejecutivo incorpora en el texto del Proyecto la obligación al Fiscal Nacional Económico de interponer una querella en aquellos casos en que se trate de hechos que afecten gravemente la libre competencia en los mercados. Además, se establece un plazo para interponer la querella de seis meses desde que la sentencia definitiva pronunciada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia quede firme.
La iniciativa eleva la colusión a la categoría de delito penal y establece que quienes incurran en estas prácticas ilícitas, serán sancionados con la pena de presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a 10 años).
Además establece la imposición de una pena por estos delitos llevará siempre consigo la de inhabilitación absoluta para desempeñar, por un plazo de 5 años, cargos u oficios públicos, cargos de director o gerente en empresas públicas o sociedades anónimas, en asociaciones gremiales, empresariales o de consumidores, partidos políticos o colegios profesionales.
El proyecto fortalece la delación compensada, eximiendo de responsabilidad criminal al que primero hubiere aportado antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica sobre los hechos constitutivos del delito de colusión.
En cuanto a las sanciones económicas, sustituye la fijación de las multas a que diera lugar las conductas atentatorias contra la libre competencia, en base a un monto máximo expresado en UTA, por una fórmula de determinación basada en el doble del beneficio económico reportado por la infracción, o hasta por el 30% de las ventas del infractor correspondientes a la línea de productos y/o servicios asociadas a la infracción durante el período por el cual ésta se haya extendido.