Hoy vence el plazo para que la fiscalía Oriente presente un recurso de nulidad en contra del fallo que condenó a dos años de pena remitida al conductor que en estado de ebriedad provocó un accidente de tránsito que costó la vida de la lactante Emilia Silva de 9 meses.

Sin embargo, el recurso no será presentado en vista de las bajas penas que contempla la ley en este tipo de delitos, y considerando que el imputado, Nelson Fariña Jara contaba con la atenuante de irreprochable conducta anterior.

Según explicó el fiscal Andrés Iturra,"recurrir significaba buscar la nulidad del juicio, y en caso de que eso se diera debíamos llevar a la familia a un nuevo juicio. Los padres de Emilia nos manifestaron, a través de sus abogados, que no querían un nuevo juicio y esta voluntad fue considerado por la fiscalía a la hora de tomar la decisión de no recurrir a la sentencia".

El pasado 24 de agosto el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó a Nelson Fariña Jara, a la pena de 2 años de pena remitida, "como autor del delito de manejar vehículo motorizado en estado de ebriedad causando la muerte de la menor Emilia Silva Figueroa y lesiones graves a doña Carolina Figueroa", madre de la menor.

El fallo concede al sentenciado el beneficio de la remisión condicional de la pena privativa de libertad, quedando sujeto al control del Centro de reinserción de Gendarmería.

LEY EMILIA
Durante esta tarde se votará en la Cámara de Diputados la llamada "Ley Emilia", proyecto que busca endurecer las penas contra quienes, manejando en estado de ebriedad, protagonicen un accidente de tránsito con resultado de muerte.

El proyecto se encuentra en tercer trámite legislativo tras ser aprobada con modificaciones en el Senado, y fue presentado como reacción al fallecimiento en enero de 2013 de Emilia Silva, quien murió horas después de que el auto en que viajaba junto a sus padres fuera impactado por Fariña, cuya alcoholemia arrojó 2,05 gramos de alcohol por litro de sangre.

La llamada "Ley Emilia" fija un rango de pena para este tipo de conducta que va del presidio menor en su grado máximo, esto es, desde tres años y un día a 5 años, a presidio mayor en su grado mínimo, es decir, desde 5 años y un día a 10 años de cárcel.