Cerca de 50 personas se ubicaron ayer a las afueras del Palacio de Tribunales, por calle Compañía. En su mayoría eran mujeres que se manifestaban con megáfonos y pancartas por lo que estaba ocurriendo al interior de la Corte Suprema: el máximo tribunal daba a conocer la rebaja de condena de la ex pareja de Nabila Rifo, Mauricio Ortega, quien fue acusado de golpear y sacarle los ojos a la mujer, en Coyhaique, Región de Aysén, el 14 de mayo de 2016.
El caso generó impacto en la opinión pública una vez conocidos los detalles del hecho, abriendo el debate en torno al femicidio y a la violencia de género. Incluso, la Presidenta Michelle Bachelet viajó a reunirse con Nabila para manifestarle su apoyo.
Sin embargo, este fin de semana los ánimos volvieron crisparse, tanto en la ciudadanía y las autoridades, cuando Reportajes de La Tercera adelantó el acuerdo de los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema en este caso, lo cual fue ratificado ayer: se acogió parcialmente el recurso de nulidad presentado por la defensa del Ortega y se rebajó la sentencia del condenado de 26 a 18 años, pues para los cuatro de los cinco ministros que votaron, no existen antecedentes en la causa que prueben el delito de femicidio frustrado.
El fallo no sólo encontró una reacción crítica en los manifestantes que estaban fuera del Palacio de Tribunales, sino que también en La Moneda. El gobierno ha monitoreado el caso, pues actúa como querellante a través de la Subsecretaría del Interior y del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género. Es por ello que ayer en la Corte Suprema estaban los jefes de jurídica de ambas reparticiones. Uno de estos, Luis Correa Bluas (ver página 4), abogado de Interior, entregó las primeras apreciaciones: "No estamos de acuerdo, no creemos que un tribunal de derecho, como es la Corte Suprema, pueda hacer una apreciación de la prueba. Por ende, no compartimos el razonamiento de la corte y suscribimos completamente al voto de minoría del ministro Milton Juica". Correa, incluso, recurrió a un dicho popular para explicar su desacuerdo y dijo que "es un femicidio frustrado aquí y en la quebrada del ají. Quien sostenga lo contrario, no lo compartimos".
La ministra de la Mujer, Claudia Pascual, también manifestó su desacuerdo: "No nos deja conformes, en cuanto el haber agredido de manera brutal a Nabila Rifo, provocándole esas tremendas lesiones, nos dificulta el pensar que no haya sido con intención homicida. Lo que nosotros queremos es seguir avanzando en un país que no solo socialmente condene la violencia, sino que también pueda ir avanzando con sus distintos poderes, sus distintas instituciones, hacia una condena y a una erradicación de la violencia en contra de las mujeres".
Los argumentos del fallo
La resolución del máximo tribunal responde a un recurso de nulidad presentado por la defensa de Mauricio Ortega, que pretendía anular el juicio, pues consideraba que se vulneraron los derechos de su representado en la investigación. Además, consideraba que la condena por femicidio frustrado no se ajustaba a la norma.
Es en este último punto donde la Suprema votó a favor del recurrente. La sentencia dice que no hay "unidad de acción" que permita calificar el femicidio frustrado, porque en los hechos se dieron dos momentos distintos: el provocar el delito de lesiones simplemente graves (golpes con trozos de concreto), y otro, el delito de lesiones graves gravísimas (la extracción de los ojos).
"A juicio de los ministros firmantes del voto de mayoría de esta sentencia, ese regreso del agente (Ortega) pone en duda más que razonable la calificación de dolo directo homicida atribuida al elemento subjetivo del primer ataque", señala el fallo. El documento agrega que Ortega "agrede nuevamente a la mujer, esta vez con mero dolo de lesionar -no de matar- y la mutila, lo que evidentemente no aparece como una conducta esperable en quien minutos antes ha puesto de su parte todo lo necesario para darle muerte".
Más tarde, el ministro vocero de la Corte Suprema -e integrante de la Segunda Sala-, Lamberto Cisternas, explicó que "no quedó demostrado cabalmente en el proceso esa intención de matar. El dolo de matar, en definitiva, eso no quedó acreditado. Sí quedaron acreditados los hechos, los golpes, la mutilación de los ojos, pero no se probó la coherencia directa que permitiera dejar establecido, sin lugar a dudas, la intención del femicidio".
La interpretación de los supremos no fue compartida por el Ministerio Público. El fiscal regional de Aysén, Mauricio Salgado, dijo "respetar" la visión del máximo tribunal y respondió ante el cuestionamiento a las pruebas: "Nabila recibió múltiples golpes en el rostro, que la mantuvieron en una situación de coma durante varios días. Fue trasladada desde Coyhaique hasta la urgencia en Santiago, donde por el trabajo profesional (de los médicos) pudo recuperar su salud y hoy está en condiciones de enfrentar una nueva vida. La intención de producir esa cantidad de golpes, de tener varias decenas de tornillos en su cara, por ejemplo, dan cuenta que la intención en este caso siempre fue darle la muerte".
En tanto, el fiscal nacional, Jorge Abbott, también reaccionó al fallo y sostuvo que "tenemos una calificación distinta respecto de los mismos hechos. Respetamos los fallos de tribunales, pero tenemos nosotros la convicción de que efectivamente el autor de estos hechos actuó con el dolo de provocar la muerte de Nabila".
Para el defensor penal público de Nabila Rifo, Alejandro Flores, no existe una "conformidad", pues se rechazó anular el juicio y sólo se acogió lo referente al femicidio y la rebaja de condena. "Nuestro representado va a soportar una altísima pena de 18 años, lo que despeja toda duda de todo atisbo de impunidad", dijo.
Nabila, en tanto, escuchó la lectura de la resolución en su casa, acompañada de su familia y de una aboga del Ministerio de la Mujer. Según sus cercanos, la mujer habría terminado muy afectada por la rebaja de la condena de su ex pareja y agresor.