Un sorpresivo hecho se produjo esta tarde en el marco de la audiencia de reapertura del Caso Penta. Esto porque se aceptó una solicitud para que los fiscales Carlos Gajardo y Pablo Norambuena declaren en la causa, tras el pedido de una de las defensas.
La decisión se produjo luego de que el abogado Julián López, quien representa a los ex controladores del holding, solicitara que Gajardo y Norambuena hablaran sobre las tratativas previas a que sus clientes aceptaran renunciar a su derecho de guardar silencio y hablar en la causa.
López sostuvo que en esas conversaciones se les habría ofrecido a Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín un juicio abreviado y además no pedir prisión preventiva tras la formalización de la indagatoria.
Lo que solicitó el abogado es que ambos declaren para exponer si hubo o no dichas tratativas antes de la primera audiencia de formalización, lo que fue aceptado por el juez Juan Manuel Escobar, encargado del proceso.
La decisión podría arrojar un problema práctico: si Gajardo y Norambuena declaran como testigos, después habría que llamarlos al juicio, pero en ese caso ambos estarían inhabilitados de seguir en su rol como fiscales de la causa.
"No compartimos la decisión del juez Escobar, ya que los funcionarios públicos sólo pueden hacer aquello que les está expresamente permitido, no existiendo norma alguna que autorice que un fiscal declare como testigo en una causa que el mismo dirige, y sobre actuaciones que ha realizado como tal durante el transcurso de una investigación penal", dijo el abogado querellante Mauricio Daza.
"Lamentablemente esto pone una gran interrogante sobre la continuidad de los fiscales Gajardo y Norambuena en el Caso Penta. Estudiaremos la posibilidad de recurrir en contra de esta resolución, para que un tribunal superior la revise, y en su caso, la revoque", indicó Daza.
Controversia
La decisión del juez Escobar generó controversia y debate inmediato por los potenciales alcances que puede tener, no sólo en el Caso Penta, sino como una estrategia que podría ser seguida por otras defensas.
"Conceptualmente un fiscal no puede ser testigo. El testigo por definición es un tercero ajeno a la controversia, y el fiscal no es un tercero, es un interviniente y un interviniente esencial además, es en términos prácticos, la contraparte de los imputados. Luego quien dirigió la investigación y sostuvo la acción penal no puede desdoblarse y sentarse en el banquillo de un tercero imparcial", dice el ex fiscal Ricardo Freire.
"Produce grandes problemas prácticos, porque será una manera de sacar a los fiscales de los casos. Si son citados al juicio como testigos, no pueden comparecer como fiscales. Parece una treta para deshacerse del fiscal del caso, pero que contraviene principios básicos del proceso penal acusatorio", plantea Freire para explicar el problema del nuevo escenario.