A partir de las 9.00 horas está previsto que comience en el Octavo Juzgado de Garantía la audiencia de formalización del denominado caso Penta, encabezada por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, y el equipo de persecutores de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad, Carlos Gajardo, Pablo Norambuena y Emiliano Arias.

Los imputados vinculados al Grupo Penta son:

1.- Carlos Alberto Delano Abbott, por Delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero  del Código Tributario y por el delito de Soborno

2.- Carlos Eugenio Lavin Garcia-Huidobro, por Delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario y por delito de Soborno.

3.- Manuel Antonio Tocornal Blackburn, por Delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario.

4.- Pablo Guillermo Wagner San Martín, por Delito de Cohecho y  por el Delito de Lavado de activos.

5.- Samuel Irarrazaval Larraín, por Delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso final del Código Tributario.

6.- Carlos Ramón Bombal Otaegui, por Delito tributario, previsto y sancionado en el artículo 97 N° 4 inciso final  del Código Tributario

7.- Hugo Joaquín Elizardo Bravo López, por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero y tercero del Código Tributario,  por delito de Soborno del artículo 250 del Código Penal y Delito de Lavado de activos.

8.- Marcos Alberto Castro Sanguinetti, por delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario, por delito de Soborno del artículo 250 del Código Penal y por el Delito de Lavado de activos.

9.- Iván Eduardo Alvarez Díaz, por Delitos tributarios, previstos y sancionados en el artículo 97 N° 4 inciso tercero del Código Tributario, Delito de Cohecho del artículo 248 bis del Código Penal  y Delito de Lavado de activos.

10.- Juan Jesús Alberto Martínez Céspedes, por Delito de Cohecho del artículo 248 bis del Código Penal.