CNTV formula cargos contra Canal 13 por dichos de María Luisa Cordero contra Alexis Sánchez
El consejo se pronunció sobre los comentarios de la ex panelista de Bienvenidos, donde calificó al futbolista de "indio horroso" y que reunió 349 reclamos a la fecha.
El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) resolvió formular cargos contra Canal 13 por los dichos de la ex panelista de Bienvenidos, María Luisa Cordero, contra Alexis Sánchez.
Durante la emisión del matinal de Canal 13 el pasado 17 de junio, la opinóloga conocida como Doctora Cordero descalificó a dos futbolistas nacionales, refiriéndose a Alexis Sánchez como "indio horroroso" y a Arturo Vidal como "horroroso, penca y engreído".
La entidad decidió formular cargos contra el canal argumentando que las palabras de la panelista fueron "dichos racistas que habrían vulnerado la dignidad personal del futbolista, además de afectar la formación espiritual e intelectual de la niñez y la juventud al ser emitidos en horario para todo espectador".
Desde el 17 de junio a la fecha, el consejo recibió 349 denuncias por este episodio.
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Según consta en el acta del 7 de julio, el consejo determinó que "si bien la palabra 'indio' no constituye en sí misma una ofensa, ella entraña una connotación dañosa para la dignidad del afectado, cuando, como en el caso de la especie, es utilizada en forma despectiva en un discurso dotado de un perceptible sesgo racista. Es que, como indica la doctrina, en tales casos, la discriminación verbal representa una agresión, puesto que con su práctica se violan derechos de la persona agredida; por ello, constituye una infracción al principio del correcto funcionamiento de los servicios de televisión la caracterización –'indio horroroso'- hecha por la doctora Cordero del jugador Sánchez".
Luego del episodio, Cordero fue despedida del canal a fines de junio, según indicó Glamorama.
El consejo, además, recolvió el caso de Chilevisión Noticias matinal emitido el 14 de marzo de 2014. El CNTV resolvió formular cargos en este caso por una nota periodística relativa al ejercicio del comercio sexual en Santiago, donde se habría vulnerado la formación espiritual de la niños y la juventud por ser transmitida en horario para "todo espectador", a pesar de ser su contenido inapropiado para ser visionado por menores de edad.
En ambos casos se dejó establecido que la formulación de cargos no implica prejuzgamiento de culpabilidad y se quedaba a la espera de los descargos de ambos canales, quienes tienen el plazo de cinco días para hacerlo.
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