Falta un mes para las elecciones municipales y las calles comienzan a llenarse de carteles y propaganda de los candidatos a alcaldes y concejales. Aunque legalmente el plazo para instalar los letreros sólo comenzó hoy a las 00.00 horas, ya podían verse avisos desde hace algunas semanas.
Tal como indica la Ley Electoral, desde hoy hasta el jueves 25 de octubre los candidatos pueden hacer todo tipo de propaganda "por medios de prensa, radioemisoras, elementos móviles y avisos luminosos o proyectados", en los espacios que cada municipio determine para tal efecto. En el caso de la Región Metropolitana, la medida es de un cartel por cada 10 mil habitantes hasta un tope de 15 por comuna.
Pero no todo está permitido, la ley prohíbe ciertas prácticas que pueden ser comunes. La Ley Electoral prohíbe a los candidatos:
- Hacer propaganda en muros o puertas a menos que el propietario lo haya aceptado.
- Ocupar equipamiento urbano como calzadas, aceras, puentes, parques, postes, fuentes, estatuas, jardineras, semáforos y quioscos para instalar la propaganda.
- Hacer propaganda con elementos que cuelguen o móviles en general sobre la calzada o en otros elementos.
- El concejo municipal determina dónde puede realizarse la propaganda y dónde no.
- Hacer propaganda en salas de cine o en televisión por cable.
- Utilizar altoparlantes, excepto cuando esté autorizado.
- Instalar propaganda en aceras y bermas a menos de 20 metros de una esquina o cualquier elemento que obstruya visualmente a los conductores, o que afecte la percepción de las señales de tránsito o la circulación de peatones o conductores.
Además, Chilectra hizo un especial llamado a los candidatos a no colgar propaganda de los cables de tendido eléctrico debido a que se pone en riesgo la seguridad de las personas, ya que los cables no están diseñados para soportar el peso de los carteles. Además, tampoco se puede instalar propaganda en postes donde se obstruya el acceso a los cables para el servicio de mantenimiento de las redes de suministro eléctrico.
La ley también establece que los municipios están autorizados a retirar la propaganda que incurra en alguna falta, y que el costo de ese retiro deberá ser cancelado por el candidato. Además, el incumplimiento de alguna de estas disposiciones puede terminar en multas que van desde una a veinte unidades tributarias mensuales.
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