Por 10 votos a favor, 2 en contra y una abstención la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó este martes el proyecto que reajusta en 6% nominal los salarios del sector público.
En la votación fue declarada inadmisible una indicación de los parlamentarios DC Pablo Lorenzini, José Miguel Ortiz y Matías Walker que buscaba elevar la cifra a 6,5%.
Al respecto el diputado Walker dijo que esperaba que el Ejecutivo accediera a subir el reajuste en el marco de la votación en la Sala.
El presidente de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Pablo Lorenzini, calificó como insuficiente el reajuste nominal de 6%, tomando en cuenta que la inflación este año cerrará en "un 5,2% o 5,3%".
Asimismo el diputado propuso que para resguardar el impacto financiero del alza, el reajuste no se aplique a los funcionarios que ganan más de $4 millones mensuales.
Al presentar el proyecto ante la Comisión el ministro de Hacienda, Alberto Arenas detalló el contenido de las iniciativa así como el contexto en el cual sus alcances fueron determinados, entre ellos, el análisis de la situación económica del país y las proyecciones de inflación, que para fin de año prevé terminará hacia el 5% y que para el próximo año considera se ajustará en torno al rango meta del 3%.
Arenas también destacó el acuerdo alcanzado con 12 de los gremios del sector público y con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), el cual no solo permitió concordar un crecimiento de las remuneraciones en torno al 6%, sino que también una serie de beneficios complementarios incorporados en la ley o en el protocolo de acuerdo firmado.
En tanto la ministra del Trabajo, Javiera Blanco, también destacó el nivel de diálogo alcanzado y los esfuerzos comprometidos por el gobierno en torno a avanzar en el término de la desigualdad en el país. En este plano, por ejemplo, resaltó la voluntad de regularizar los trabajadores a honorarios del sector público y la entrega de variados beneficios adicionales para los funcionarios públicos de menores ingresos.
El proyecto ingresó al Congreso con discusión inmediata tras el acuerdo alcanzado esta madrugada entre el gobierno y 12 de los 15 gremios con los que se negocia el reajuste.
El acuerdo fue suscrito por las organizaciones gremiales del sector público representadas por Bárbara Figueroa, presidenta nacional de la CUT; Jaime Gajardo, presidente del Colegio de Profesores; Silvia Aguilar, presidenta de la Fentess; Esteban Maturana, presidente de la Confusam; Julia Requena, presidenta de la Ajunji; Gabriela Farías, presidenta de la Fenpruss; Lorenzo González, presidente de la Fenfussap; Arturo Escarez, presidente nacional de la Confemuch; Myriam Barahona, vicepresidenta de la Fenafuch; María Cristina Castro, presidenta de la Fenafuech; Servando Contreras, tesorero de la Antue; Ricardo Ruiz, presidente Fenats Unitaria; y Oscar Riveros, presidente Fenats Nacional.
Sin embargo, se restaron del acuerdo la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), la Asemuch - que agrupa a funcionarios municipales- y la Confenats- que agrupa a gremios de la salud- gremios que convocaron a una paralización a partir de este martes.
En la sesión de la Comisión de Hacienda el presidente de la Anef, Raúl de la Puente, sostuvo que los gremios que se restaron al acuerdo lo hicieron porque a su juicio el aumento de 6% implica un congelamiento del poder adquisitivo de los funcionarios públicos tomando en cuenta que "la inflación pasada es de 5,7% y la proyectada de 5,5% lo que nos deja con un reajuste real de entre 0,3% y 0,5%".
ACUERDO
El acuerdo alcanzado implica un reajuste general de remuneraciones de 6% a partir del 1° de diciembre de 2014; el aguinaldo de Navidad para el año 2015 tendrá un valor de $49.396 para aquellos funcionarios que tengan una remuneración líquida igual o inferior a $660.000 y de $26.129 para aquellos funcionarios que tengan una remuneración líquida superior a $660.000 e inferior a una remuneración bruta de $2.185.574.
También incluye el aguinaldo de fiestas patrias para 2015 que tendrá un valor de $63.600 para aquellos funcionarios que tengan una remuneración líquida igual o inferior a $660.000 y de $44.149 para aquellos funcionarios que tengan una remuneración líquida superior a $660.000 e inferior a una remuneración bruta de $2.185.574.
Se pagará un bono de escolaridad por la suma de $61.851, en dos cuotas iguales. Asimismo, se pagará una bonificación adicional al bono de escolaridad de $26.129, por cada hijo causante, cuando a la fecha de pago del bono los funcionarios tengan una remuneración líquida igual o inferior a $660.000, que se pagará con la primera cuota del bono de escolaridad señalado. El aporte a los Servicios de Bienestar se fija en $107.749; y un aporte extraordinario de $10.775.
El Bono de Vacaciones será de $100.000 para los trabajadores cuya remuneración líquida mensual al mes de noviembre de 2014 sea igual o inferior a $660.000 y de $70.000 para los trabajadores cuya remuneración líquida mensual sea superior a $660.000 e inferior a una remuneración bruta mensual de $2.185.574. Este bono será pagado en febrero de 2015.
Se establecen los nuevos montos para la bonificación de nivelación, establecida por el artículo 21º de la ley Nº 19.429, de modo que los funcionarios regidos por dicha norma reciban a lo menos una remuneración bruta mensual de $310.000, $345.000 y $367.000, para auxiliares, administrativos y técnicos, respectivamente, a contar del 1 de enero de 2015.
Para el solo efecto de determinar que funcionarios estarán incluidos como beneficiarios dentro del tramo menor de beneficios antes mencionados, se entenderá respecto del personal que sea beneficiario de la asignación de zona legal, que el punto de corte será el que resulte de adicionar a los puntos de corte la cantidad de $32.400.
Se enviará un proyecto de ley sobre la imponibilidad de la bonificación de Zonas Extremas para los funcionarios de las Universidades Estatales que tienen derecho a ella.
Se establece un Bono de Acuerdo que se pagará por única vez en diciembre de 2014, por la suma de $250.000 para los trabajadores cuya remuneración bruta mensual sea igual o inferior a $716.580, y de $125.000, para los trabajadores cuya remuneración bruta mensual sea superior a $ 716.580 e inferior a una remuneración bruta mensual de $2.185.574.