El Comité de Ministros aprobó este lunes rectificar la Resolución de Calificación Ambiental obtenida en febrero de 2013 por el proyecto termoeléctrico Punta Alcalde de Endesa, incorporando las modificaciones y condiciones expresadas en un fallo de la Corte Suprema, que estableció en su sentencia una serie de exigencias para la construcción de la obra.
La iniciativa, que se ubicará en la provincia de Huasco, contempla una inversión por US$1.400 millones y aportaría al sistema 740 MW.
En enero la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por la Municipalidad de Huasco junto a organizaciones ambientales y comunidades índigenas de la zona en contra de la construcción de la central Punta Alcalde, dando así la autorización para su desarrollo, pero estableciendo una serie de exigencias de mitigación ambiental adicionales.
Ello luego que Endesa apelara en agosto de 2013 ante la Corte Suprema el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que anuló el permiso para construir la central de carbón en el norte del país.
Entre las medidas exigidas por la Corte Suprema para el desarrollo del proyecto está la instalación de un precipitador electrostático de material particulado en la chimenea 2B de la planta de pelletes de la empresa CAP en la zona.
Este deberá generar una mejora en la calidad del aire de Huasco, disminuyendo entre un 5% y un 16% el material particulado grueso (MP10). A esto se suman una serie de compromisos que deben concretarse a la fecha de inicio de la operación de la central, entre ellas mantener estaciones de monitoreo de calidad del aire y publicar sus mediciones, realizar una auditoría ambiental independiente, y almacenar el carbón en estructuras cerradas, entre otros puntos.
"Lo que ha hecho el Comité de Ministros es dar cumplimiento a la sentencia de la Corte Suprema, en términos de consolidar en la Resolución de Calificación Ambiental los considerandos que este tribunal estimo importante que estén. En tal sentido, se ha modificado la aprobación de este proyecto, aprobado en la administración pasada y con ratificación de la Corte Suprema", explicó el ministro Pablo Badenier.
Este cambio, agregó, "básicamente consolida en el mismo acto administrativo terminal, que es la resolución, la incorporación de un precipitador electrostático para poder compensar y disminuir las emisiones atmosféricas que generaría el proyecto".
Junto con ello, el ministro Pablo Badenier dijo que la incorporación de dicho precipitador electrostático deberá ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y que la central no podrá empezar a operar hasta que se cumplan las medidas exigidas por la Corte Suprema, y recordó que el Ministerio del Medio Ambiente está elaborando un plan de descontaminación para Huasco, hoy en etapa de elaboración del anteproyecto.