En un fallo unánime, el Tribunal Oral en lo Penal de Angol, condenó esta tarde a Paulino Levipán y a Daniel Levinao como autores de los delitos de homicidio frustrado a carabineros en actos de servicio y porte ilegal de arma de fuego el pasado 2 de noviembre de 2011 en Ercilla.

El fiscal jefe de Collipulli, Luis Chamorro, se mostró conforme con el fallo y señaló que "el tribunal ha dejado establecida en forma clara y prístina, por unanimidad de los miembros, que los hechos ocurrieron, que hubo un ataque armado a Carabineros y personal forestal, que tenía como propósito causar la muerte a los efectivos policiales que por ahí se desplazaban".

Por los delitos de homicidio frustrado a Carabineros en actos de servicio y porte ilegal de arma de fuego la Fiscalía pide para los condenados penas que suman 18 y 14 años de presidio respectivamente. La sentencia se dará a conocer el próximo lunes.

En el juicio se acreditó que el 2 de noviembre de 2011 Paulino Levipán y Daniel Levinao junto otros sujetos, emboscaron a funcionarios de Carabineros que, en cumplimiento de una medida de protección de la Fiscalía, escoltaban a trabajadores forestales que ejecutaban faenas en el sector Requén.

En este hecho el personal policial fue atacado con disparos de escopetas hechizas y convencionales y armas de fuego cortas de diverso calibre, donde dos carabineros que intentaban despejar el camino resultaron heridos por impactos de perdigón en el rostro.

"Con la prueba que se rindió quedó absolutamente claro que este era un hecho coordinado y planificado, ya que justamente los imputados y sus acompañantes se mantuvieron emboscados en el lugar esperando la llegada del personal policial, aprovecharon que ellos mismos previamente habían cortado  e interrumpido las rutas y  estaban en una posición estratégica de ventajosa, desde la altura, para poder con mayor impunidad atacar alevosamente a los Carabineros y los obreros forestales que se desplazaban por el camino", explicó el fiscal.