Una indemnización de $10 millones y el pago de una multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales ($1.474.480) deberá pagar la concesionaria eléctrica Frontel S.A a raíz de un alza de voltaje que afectó a una radioemisora local de Purén, Región de La Araucanía.
Así lo resolvieron de forma unánime los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema que acogieron el recurso de queja presentado por Lorna Isla Olivares contra la Corte de Apelaciones de Temuco, que había anulado la sentencia de primera instancia que había fallado en su favor.
Según dictaminaron los magistrados, la firma incumplió la Ley del Consumidor e incurrió en una falta de servicio hacia la afectada, que sufrió la pérdida de un computador, un notebook y un transmisor CTE que resultaron quemados por el alza de voltaje.
"Correspondía a la empresa demandada demostrar que cumplió con su obligación de adoptar preventivamente todas las medidas que permiten cumplir con el otorgamiento de un buen servicio, a fin de evitar peligro a las personas y a las cosas, riesgos que evidentemente se corren luego del corte o suspensión del suministro de electricidad, por la sobre tensión producida, los que pueden y deben ser previstos por el concesionario respectivo", precisa la resolución.
De esta forma se desechó el argumento de la concesionaria que explicó que la quema de los equipos se debió a la caída de un poste, producto del choque de un camión con la estructura, la noche del 23 de marzo de 2008.