Una pena remitida de tres años de presidio dictó el tribunal oral de Los Angeles en contra de Maritza González Cuevas (39) quien fue condenada por la responsabilidad que tuvo en la muerte de su hija.

El Ministerio Público intentó acreditar cargos por infanticidio, sin embargo el tribunal responsabilizó a la mujer por el delito de aborto, al considerar que la víctima no salió por completo del cuerpo de su madre, ello pese a que  los peritajes del Servicio Médico Legal, indicaron que a la recién nacida de 41 semanas se le provocaron diversas fracturas craneales cuando su cabeza estaba en el exterior.

Los hechos se registraron en junio del año 2008 cuando apenas se produjo el alumbramiento, la pequeña fue golpeada en el cráneo. En el transcurso del juicio oral la tesis fue ratificada por el médico de turno de la unidad de emergencias del Hospital de Yumbel quien manifestó que el cráneo del lactante se encontraba  dividido en fragmentos óseos, situación que no podía presentarse de manera intrauterina.

La imputada que no sufre ningún tipo de trastorno mental indicó en su declaración que había sido víctima de una brujería, posiblemente  un "mal de ojo" que la ex pareja lanzó en su contra. Posteriormente manifestó que habría actuado por racismo, pues no estaba dispuesta a tener un hijo con un "peruano", nacionalidad del padre de la menor.