Condenas que van desde los tres años de libertad vigilada a trabajos comunitarios fueron impuestas a seis personas que tuvieron distintos grados de participación en el aborto que puso fin al embarazo de cinco meses de estación de una menor de edad, en Angol.

El caso corresponde a la menor de sólo 13 años de edad al momento de ocurridos los hechos, de iniciales A.R.D, quien quedó embarazada de José Yechi Romero, de 22 años.

De acuerdo a los relatos de la fiscalía representada por César Schibar, todo sucedió a fines de octubre de 2010, cuando el sujeto se encontró con la menor de edad, tendiendo una relación sexual que derivó en el embarazo de la niña.

En marzo del año siguiente la madre de la niña, Sandra Díaz Coloma, su tía Valeska Battaglia Leiva, su pareja y padre del bebé, José Yechi Romero, y Alejandro Martínez Burdiles, conviviente de la mamá de la menor, resolvieron que se debía poner término al embarazo que ya tenía cerca de cinco meses de gestación.

El plan entonces, incluyó contactar a Carla Espinoza Fuentealba, de 23 años, la que el 24 de marzo le dio a la niña los fármacos que había adquirido vía internet con dineros que le dio la familia, mifepristona y misotrol, con el fin de inducirle un aborto espontáneo.

En la noche del mismo día, la adolescente evidenció incesantes y fuertes contracciones, por lo que dado su avanzado embarazo ingresó al centro asistencial con trabajos de parto, lo que la madrugada del día siguiente terminó con el aborto del nonato.

Tras la indagatoria, se llegó a un procedimiento abreviado, donde se condenó a José Yechi Romero a 3 años y 1 día de presidio como autor del delito de violación impropia; y a 250 días de presidio como coautor de aborto consentido. El tribunal le concedió el beneficio de la libertad vigilada.

A su vez, la menor embarazada fue condenada a 120 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad como coautora de aborto consentido; mientras que a Sandra Díaz Coloma, Valeska Battaglia Leiva, Alejandro Martínez Burdiles y Carla Espinoza Fuentealba s eles impuso la pena de 200 días de presidio como coautores del delito de aborto consentido, quedando todos con el beneficio de la remisión condicional de la pena.