Por 80 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado al proyecto que crea nuevo Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Mepco), con lo que el texto legal fue remitido a la Presidenta de la República para su promulgación.
La iniciativa introduce este nuevo instrumento de estabilización que será aplicado específicamente a la venta de gasolina automotriz y de petróleo diesel, así como de gas natural comprimido y de gas licuado de petróleo, cuando estos se utilicen para el consumo vehicular.
El proyecto establece que los precios de los combustibles no podrán registrar variaciones semanales superiores o inferiores a $5, con un techo de $20 mensuales.
El Mepco reduce de +/-12,5% a +/-5% la banda de precios del actual Sistema de Protección al Contribuyente ante las Variaciones en los Precios Internacionales de los Combustible (Sipco).
Otro elemento distintivo es que la banda de precios estará expresada en pesos y no en dólares, lo que resguarda de mejor manera a los consumidores locales.
La propuesta del Senado dispone que en caso que la Empresa Nacional del Petróleo (Enap) modifique el periodo de tiempo que media entre sus anuncios de precios, se faculta al Ministerio de Hacienda para que mediante decreto fundado, dictado bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", pueda ajustar el período de comparación entre el "precio base" y el último precio anunciado por dicha empresa, así como los umbrales determinados, multiplicado éste por el nuevo período de comparación que media entre anuncios, expresado en días, dividido por siete.
Asimismo, se intercaló un nuevo artículo 5° que establece que semanalmente, el Ministerio de Hacienda publicará y actualizará en su web institucional, la información relativa al precio "base" de los combustibles afectos a este mecanismo; el tipo de cambio utilizado por la Enap para fijar los precios mayoristas que informa; los precios de referencia y paridad determinados por el Ministerio de Energía en los decretos respectivos; los valores semanales del componente variable del impuesto específico a los combustibles; y los valores semanales de todos los parámetros que esta ley autoriza fijar al Ministerio de Hacienda.
El nuevo sistema preserva el actual nivel del Impuesto Específico a los Combustibles (IEC), "estimándolo como un buen instrumento de política pública porque se hace cargo de las externalidades negativas del consumo de combustibles para uso vehicular; es un impuesto progresivo (los quintiles de más ingresos son los que más gastan); constituye una fuente importante de ingresos fiscales (la recaudación del IEC de la gasolina y el diesel en el año 2013 representó cerca del 5% de la recaudación tributaria total, con US$ 2.360 millones, cerca de un 0,9% del PIB; y porque en relación a un conjunto de países, Chile no presenta impuestos específicos a los combustibles elevados", según señala el texto legal.
El Mepco es el cuarto mecanismo que impulsa el Ejecutivo en los últimos 25 años y reemplaza al Sistema de Protección a los Contribuyentes ante las Variaciones de los Precios Internacionales de los Combustibles (Sipco), introducido en julio de 2010.
Antes del Sipco se utilizó el Fondo de Estabilización de Precio de Combustibles, Fepco, que a su vez reemplazó en 2005 al Fondo de Estabilización de los Precios del Petróleo, (Fepp).