Contraloría aclara dictamen sobre ingreso de bebidas alcohólicas en submarino de la Armada

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A través de un fallo, la entidad fiscalizadora precisó que la introducción e ingesta de bebidas alcohólicas en unidades o reparticiones de la rama castrense "no se encuentran prohibidas de manera absoluta", a propósito de la denuncia presentada por el diputado Hugo Gutiérrez en 2016, que involucró a un submarino de la institución castrense.




Fue en mayo del año pasado, cuando el diputado comunista Hugo Gutiérrez solicitó investigar la eventual responsabilidad administrativa de la Armada en la compra e introducción de bebidas alcohólicas al submarino SS-21 Simpson en Iquique.

Según la información entregada por el parlamentario, y como se señala en el fallo del Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, "el 21 de noviembre de 2015 fueron compradas en la aludida comuna 143 botellas de cerveza, con fondos internos aportados voluntariamente por el personal perteneciente al referido submarino, con la finalidad de consumirlas en el contexto de una reunión de camaradería".

La solicitud de Gutiérrez, que fue acompañada de imágenes de una carga de cervezas sobre la nave apostada en la bahía de Iquique, apunta a una presunta "mala utilización de recursos del Estado de Chile, como es un submarino".

En ese primer documento, Contraloría recuerda que los funcionarios de la Armada "se encuentran regidos por normas estatutarias y disciplinarias especiales" y que "la respectiva superioridad de la Armada deberá ponderar la necesidad de instruir un proceso disciplinario con la finalidad de investigar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas en la conducta que se reclama", agrega el fallo.

Aclaración de Contraloría

A partir de la consulta de una de sus unidades internas de fiscalización, Contraloría General de la República precisó el dictamen de 2017, reiterando que "es el artículo 206 del Reglamento de Disciplina de la Armada el que considera como una falta a la disciplina la introducción de bebidas alcohólicas sin autorización de la autoridad respectiva".

Sin embargo, "la Ordenanza General de esa misma Institución se encarga de regular expresamente el funcionamiento de las cantinas húmedas y la entrega de raciones de licor en las naves", dice el nuevo fallo firmado por el Contralor General, Jorge Bermúdez.

El nuevo fallo concluye que: "La introducción e ingesta de bebidas alcohólicas en unidades o reparticiones de la Armada de Chile no se encuentran prohibidas de manera absoluta, sino que requieren de autorización de la autoridad correspondiente (...) y que corresponderá al Comandante en Jefe de la Armada de Chile decidir o no la instrucción de un sumario en el caso del submarino Simpson, por la introducción de bebidas alcohólicas -adquiridas con fondos privados- a esa nave".

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