El 1 de junio de 2017, la Presidenta Michelle Bachelet viajó a Valparaíso para realizar la última Cuenta Pública de su segundo mandato. Entre los miembros de su comitiva estaba el director del Hospital San José de Santiago, doctor José Miguel Puccio. Su presencia en el lugar no fue fruto del azar y tampoco se vinculaba a la relación de amistad que mantiene con la Mandataria desde que coincidió con ella en Alemania Oriental durante su exilio. Su asistencia al Congreso era estrictamente profesional: Puccio presta servicios desde 2014 como médico de la Jefa de Estado a través de su sociedad "Dr. José Miguel Puccio y Compañía Limitada".

Por esta labor la Presidencia de la República le ha pagado cerca de $ 100 millones tras adjudicarle cuatro tratos directos. Con esta empresa también ha cerrado "contratos de arrendamiento" con la Clínica Alemana, lugar en que atiende como cardiólogo tres veces a la semana, según detalla el sitio web del centro asistencial.

Pero fue el 24 de noviembre pasado cuando la Contraloría General de la República cuestionó los contratos de Puccio tras emitir el dictamen N° 41286N17, elaborado a petición del propio profesional, quien consultó sobre la compatibilidad entre su cargo de director del Hospital San José y sus otras actividades.

Y fue en un documento de 10 páginas donde la Contraloría enfatizó que Puccio posee dedicación exclusiva para desarrollar sus labores en el recinto asistencial dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte (SSMN).

Entre los aspectos analizados, el ente contralor advierte que fue el SSMN quien autorizó al médico a participar de diversas "comisiones de servicio" para acompañar a Bachelet en sus giras al exterior, en calidad de "jefe del equipo médico presidencial", con goce de sueldo como director de hospital.

Esto, pese a que las tareas fueron desarrolladas a través de su sociedad privada: "resulta improcedente que el SSMN disponga de una comisión de servicio respecto de un funcionario para que éste efectúe una labor por la cual se encuentra obligado, en virtud de un contrato privado", detalla el documento firmado por el contralor Jorge Bermúdez.

En el dictamen, la Contraloría aclara que Puccio reintegró las remuneraciones, "estimando que obedeció a un error el hecho que el SSMN lo haya enviado a comisión de servicio para acompañar a la Presidenta de la República".

Pese a ello, el organismo dio un plazo de 20 días al SSMN para que informe sobre "las tareas que el director del hospital debía desarrollar en las comisiones al extranjero que dispuso para acompañar a la Presidenta". En el mismo plazo, asegura el informe, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República "deberá informar si durante las giras efectuadas al extranjero por la Primera Mandataria ha sido acompañada por otros profesionales (...) y si se ha pagado el precio mensual pactado con ella (la sociedad) en aquellos meses en que se desarrollaron tales giras".

Consultados sobre el dictamen, desde el SSMN informaron que, tal como corresponde, "se entregarán los antecedentes requeridos en forma oportuna".

Dedicación exclusiva

"El sentido natural y obvio de la expresión 'dedicación exclusiva' implica (...) que quienes ocupan esa clase de cargos dediquen todos sus esfuerzos laborales solo al ejercicio de dicha tarea, de suerte tal que les resulta vedada la realización de otra actividad laboral remunerada, cualquier sea esta", indica el dictamen.

Por esta dedicación exclusiva, José Miguel Puccio, hermano del ex ministro Osvaldo Puccio, percibe mensualmente $1.914.398 como asignación de Alta Dirección Pública (DPN).

Dicho pago, según establece el artículo 1 de la Ley 19.863, "será incompatible con la percepción de cualquier emolumento, pago o beneficio económico de origen privado o público, distinto de los que contemplan los respectivos regímenes de remuneraciones".

En el informe, el ente fiscalizador precisa que existe una ventana legal para que los funcionarios públicos realicen hasta 12 horas semanales de "actividades docentes" con obligación de compensar este tiempo. Además, en el caso de directores de hospital o de Servicio de Salud, especifica el artículo 4 de la Ley 20.261, "se podrá destinar, en forma indistinta o combinada, al desempeño de la actividad clínica y asistencial".

El texto agrega que en la información entregada por el SSMN y el Hospital San José "no se han acompañado antecedentes que den cuenta de las horas semanales destinadas (...) a la atención de la Jefa de Estado en cumplimiento de los contratos celebrados por la Presidencia de la República y la sociedad de la que forma parte y representa aquel servidor".

Además de las nueve horas que Puccio dedica como médico en la Clínica Alemana, se suma que hasta diciembre de 2016 aparecía como docente a contrata en la Universidad de Santiago (Usach). Pese a no informar la cantidad de horas que prestaba el profesional, de acuerdo al sitio de Transparencia Activa de la institución, este percibía como remuneración $ 558.348.

Otro punto tratado en el informe es si la dedicación exclusiva del cargo de director de hospital se aplica a las labores como honorario que Puccio desarrolla a través de su sociedad, de la cual es representante legal.

Esto, dado que la legislación también admite que los directivos de la ADP obtengan por excepción "los emolumentos provenientes de la administración de su patrimonio". No obstante, según el organismo de control, "el retiro de las utilidades (...) de una sociedad de personas, por parte del profesional que presta los servicios respectivos, constituye el ejercicio de la profesión".

El dictamen, además, asegura que la percepción de las mencionadas utilidades no constituye "la administración del patrimonio del socio". La Tercera intentó, sin éxito, contactar a José Miguel Puccio a través de sus asesores.