La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado en contra del sistema "predictor de riesgo" que utiliza el boletín de informaciones comerciales –Dicom- para ser titular de créditos bancarios o del comercio establecido.
En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala Juan Eduardo Fuentes Belmar y Mario Rojas, además del abogado integrante Rodrigo Asenjo, acogieron la acción cautelar presentada por Leonardo Espinoza López.
El dictamen sostiene que el predictor de riesgo vulnera garantías como optar a créditos en el sistema financiero y comercial para adquirir bienes y servicios, y no asegura el respeto y protección de la vida privada de las personas, mediante la prohibición de realizar actos que le causen descrédito.
Los magistrados determinan que si bien el fallo se refiere sólo al caso del recurrente, el sistema debería ser eliminado por dañar injustamente la imagen de las personas sin que exista autorización legal.
Por lo tanto, se determina que "se acoge la acción cautelar deducida en lo principal de fojas 10, por don Leonardo Hernán Espinoza López, contra "Equifax Chile S.A." (antes Dicom S.A.), disponiéndose que la recurrida deberá proceder a eliminar y cancelar de sus registros y bases de datos para acceso público, así como abstenerse de comunicar de cualquier forma a terceros, el denominado "predictor", que mantiene en relación con el recurrente, dentro del plazo de tres días, contado desde que quede ejecutoriado el presente fallo, debiendo informar a esta Corte, la efectividad de haber dado cumplimiento a lo ordenado. Además, se condena al pago de las costas de la causa a la recurrida".