La Corte Marcial confirmó el procesamiento del cabo 2º de Carabineros Walter Jhonattan Ramírez Inostroza, imputado por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte del joven Matías Catrileo Quezada (24), asesinado el pasado 3 de enero de 2008 en un confuso incidente suscitado en el fundo Santa Margarita de Temuco.
La resolución fue adoptada luego de que la defensa del inculpado solicitara a los ministros del tribunal castrense revocar el encausamiento, aduciendo que existen pruebas fundadas para sostener que el policía actuó conforme a la ley, ya que la patrulla en que viajaban habría sido atacada por una turba de cerca de 40 individuos que incendiaba fardos de paja en el mencionado recinto.
Asimismo, la defensa de Ramírez afirmó que al joven asesinado se le habrían encontrado restos de material químico en sus manos, lo cual fue fuertemente cuestionado por la parte querellante, representada por el abogado Nelson Caucoto, quien rechazó la imputación mostrando una pericia que ratificaba que el estudiante de Agronomía no manipuló armas al momento de ser abatido.
El profesional destacó que si bien existen errores en la investigación llevada a cabo por la Fiscalía Militar, en términos de esclarecer las contradicciones entre el Servicio Médico Legal y el Laboratorio de Criminalística de la PDI, "este es un paso más en todo lo que significa concluir exitosamente la causa criminal".
Añadió que en esta causa "no existen argumentos para que el Carabinero alegue inocencia. Por el contrario, está muy claro que él participó en los hechos y que él es responsable en la muerte de Catrileo", manifestó.
En la instancia judicial, también se hizo presente el Consejo de Defensa del Estado (CDE) quien estuvo a favor de que se confirmara el procesamiento contra el efectivo policía.