La Corte Suprema determinó anular un Decreto Alcaldicio de la Municipalidad de Villarrica que modificó el Plan Regulador de la comuna, en diciembre de 2004.

Los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal -Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado Arnaldo Gorziglia- determinaron que es ilegal la citada modificación del instrumento de planificación urbana y que establece densidades máximas en las seccionales ZE-5 y ZE-6.

La sentencia determina que las áreas normadas ya fueron objeto de modificación por el Plan Intercomunal Villarrica-Pucón, por lo que la municipalidad carecía de facultades para realizar los mencionados cambios. Asimismo, desestimó la petición de las empresas recurrentes -la Inmboliaria San Andrés Limitada e Ingeniería y Construcción Valmar Limitada- de acceder a una indemnización por los perjuicios que causó el mencionado decreto al no establecerse con claridad el perjuicio ocasionado.