La Tercera Sala de la Corte Suprema ratificó la multa impuesta por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) en abril del año pasado a la empresa de auditoría externa PriceWaterhouse Cooper (PWC) por UF 4.500 (cerca de $117 millones) en el marco del caso La Polar.
El máximo tribunal desestimó un recurso de queja presentado por la empresa auditora contra los ministros de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, quienes el pasado 8 marzo pasado rechazaron la reclamación interpuesta por PWC contra la sanción aplicada por la Sbif por haberse desempeñado como evaluador de los llamados "informes Previamente Acordados" que practicaba a Inversiones SCG S.A, empresa ligada a La Polar.
Según determinó la Sbif en su oportunidad, PWC incurrió en una "infracción a lo dispuesto en el artículo 248 inciso 1 de la Ley 18.045, en relación a la Circular N 17, de 28 de abril de 2006, de esta Superintendencia".
"Cabe señalar que de la lectura del recurso y de los antecedentes y argumentos expuestos por las partes se desprende que la materia controvertida versa sobre la mayor o menor extensión de la competencia fiscalizadora y sancionatoria de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras recaída en conductas sólo referentes a los informes sobre estados financieros de los auditores externos o, además, a los denominados Informes previamente acordados respecto de una empresa filial de La Polar con giro en la emisión y operación de tarjetas de crédito de la Polar de la referida empresa, materia sobre la que convergen conclusiones diferentes sobre la normativa aplicable", explica el fallo.
"Que esta Corte ha sostenido en reiterados fallos que el recurso extraordinario de queja no se ha establecido para corregir errores de interpretación jurídica en términos de provocar una nueva revisión del asunto controvertido en punto a que se dicte sentencia revocatoria en una nueva instancia", agrega el documento.