En dos inéditos fallos, la Corte Suprema reafirmó la decisión de que no se puede construir viviendas en áreas consideradas de preservación ecológica de Santiago, definidas por el Plan Regulador de la Región Metropolitana, y situadas sobre los mil metros de altura, también llamada “cota mil”.
El máximo tribunal acogió dos demandas por daño ambiental interpuestas por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), entidad que exigió un plan de reparación a los involucrados que emplazaron edificaciones en ese sector de la precordillera, considerado de alto valor natural por la presencia de flora y fauna nativa.
El más reciente dictamen, emitido el 5 de enero, condena a la Municipalidad de Lo Barnechea, a 13 propietarios y dos inmobiliarias, a quienes se les acusa de haber emplazado 30 viviendas en la quebrada de Huallalolén de manera ilegal.
Se determinó que destruyeron especies de flora nativa y removieron el terreno con la consecuente destrucción de suelos. Además, obstruyeron la quebrada con el material, abrieron caminos y construyeron fosas sépticas, lo que impactó la calidad de las aguas subterráneas.
El tribunal ordenó que a los involucrados les queda “vedado desde ya efectuar o autorizar nuevas construcciones”. Además, se plantea que se debe realizar un plan de reforestación de especies vegetales y desarrollar una evaluación de la fauna afectada, además de restituir los suelos para evitar su deterioro y un eventual riesgo.
Según la presidenta (s) del CDE, Clara Szcaranzki, en los fallos se indica que en los terrenos aludidos “se excluye el desarrollo urbano y se permiten únicamente actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales, restringidas a fines científicos, culturales, educativos, recreacionales, deportivos y turísticos, con las instalaciones o edificaciones mínimas”.
El alcalde de Lo Barnechea, Felipe Guevara, precisó que la denuncia aborda hechos que ocurrieron en un periodo anterior a su administración. Pese a ello, anunció que cumplirán con el programa de mitigaciones en el sector y que "hasta el momento es la única construcción que está sobre la cota mil de forma irregular". Añadió que, además de cursar un parte en el caso de que detecten este tipo de inmuebles, se decreta la demolición de las obras. "Hemos paralizado otros proyectos", agregó.
Construcciones
Otro pronunciamiento de la Suprema en torno al mismo punto data del 28 de octubre pasado, luego de una demanda interpuesta por el CDE por daño ambiental. La denuncia se presentó debido al emplazamiento de un camino y la posterior remoción de tierra en el Cerro Medio, en Lo Barnechea, por parte de una empresa contratada por la Congregación Legionarios de Cristo. El sector es considerado como un territorio para la conservación ambiental, según la carta regulatoria de 1994.
La Corte Suprema estableció que la congregación debe retirar el material depositado en un sitio seguro.
La presidenta (s) del CDE señaló que esto lleva a reflexionar que "las propiedades o proyectos 'en curso' en esas zonas que no se ajusten a la normativa son ilegales y, en este contexto, las municipalidades cuentan con las herramientas para restablecer la legalidad".
Iván Poduje, arquitecto y socio de la Oficina Atisba, aseguró que el emplazamiento de propiedades es peligroso sobre los mil metros de altura, pues “hay riesgo en las quebradas por la posibilidad de aluviones o remociones en masa”. Añadió que hoy no reviste interés la edificación en predios donde no se entregan permisos, pero advierte que “dada la escasez de suelo, se han ido valorizando áreas que están dentro de la cota mil, como Peñalolén, La Reina y Las Condes”.
Para Luis Eduardo Brescianni, académico de la U. Católica, "las normas de planificación urbana están para que todos los chilenos las cumplan y no debe haber excepciones".
El gerente de Vivienda y Urbanismo de la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), Pablo Alvarez, manifestó que cualquier privado que emplace iniciativas posee un equipo de profesionales que “sabe perfectamente que tiene que pedir el certificado de informaciones previas de cualquier zona de la ciudad donde quiera construir”.
Por su parte, el seremi Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, Aldo Ramaciotti, indicó que “el límite oriente del área urbana es fundamental para preservar el carácter no urbano de la cordillera. En la actualidad, la Seremi de Vivienda y Urbanismo se encuentra desarrollando estudios y propuestas de precisión y ajuste de este límite”.