La Corte Suprema ratificó que la empresa Aguas Andinas debe cumplir con una serie de requisitos y compensaciones a la comunidad antes de lograr la aprobación íntegra de la resolución de Calificación Ambiental de la planta de tratamiento de aguas servidas Mapocho.

Así lo estableció la Tercera Sala del máximo tribunal del país, que rechazó un recurso de protección presentado por la sanitaria contra la Corema y que ya había sido desestimado por la Corte de Apelaciones capitalina.

En la resolución de primera instancia se desestimó la acción cautelar al considerar que no se violó ninguna garantía constitucional al aprobar la calificación ambiental sujeta a ciertos cumplimientos.

"La conducta que se reprocha no puede ser calificada de arbitraria ya que viene a ser el resultado del actuar del ente especializado que ha contado con antecedentes a la vista, por lo que no es dable sostenerse que ha sido producto del mero capricho, la irreflexión o el afán de perjudicar a los administrados, materias que deben ser resueltas en las instancias previstas para ello", dice el fallo.