La Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago acogieron una veintena de recursos de amparos presentados por internos de distintas unidades penales, en contra de las secretarías regionales ministeriales (seremis) de Justicia, por retrasos en la concesión de beneficios otorgados por las comisiones de reducción de condenas.
En diversos fallos, ambos tribunales determinan el actuar arbitrario e ilegal de las autoridades políticas al ordenar una nueva revisión de la concesión de beneficios, tras la asunción de nuevas autoridades, retrasando, en varios casos, la puesta en libertad de internos recluidos en recintos penitenciarios del país.
La resolución indica que "el actuar de la recurrida en comento resulta ilegal, al atribuirse facultades no otorgadas por la ley; y arbitraria, desde que no aparece un motivo sostenible racionalmente para tal proceder. Estas actuaciones ciertamente afectan la garantía constitucional de libertad personal del amparado, ya que conforme con lo prevenido por el artículo 3 de la ley antes mencionada, y de acuerdo con el mérito de los antecedentes, éste goza del beneficio de rebaja de su condena con cumplimiento inicial el 10 de julio de 2013 por el lapso de tres meses, por lo que al día de hoy, éste debe estar en libertad".
En el mismo sentido, se ha pronunciado la Corte de Apelaciones de Santiago, tribunal que en 20 fallos dictados por sus salas (9 en la Duodécima Sala; 3 en la Primera Sala; 2 en la Segunda Sala; 2 en la Séptima Sala; 2 en la Quinta Sala; 1 en la Segunda Sala y 1 en la Tercera Sala), determinó el otorgamiento de beneficios a internos de unidades penales de la Región Metropolitana.
El ministro de Justicia, José Antonio Gómez, defendió la suspensión de beneficios, y ejemplificó con que "lo que vimos nosotros fueron casos gravísimos como el caso de Spiniak, que salió dos años antes a consecuencia de la rebaja que han hecho estas comisiones (...) la firma del Ministerio de Justicia, representando a la Presidenta de la República, no es un mero trámite, no es que la comisión determine o no que se le rebaje la condena, para algo existe el seremi de Justicia que tiene que certificar si esas condiciones objetivas se cumplen".