¿Cuáles son los requisitos del tratado de extradición que Chile mantiene con México?
El traslado del "comandante Emilio" al país para ser juzgado por el asesinato de Jaime Guzmán depende de este documento. Puntos como el tiempo de condena y si será condenado en el país azteca hacen condicionan este proceso.
Tras la detención del ex frentista Raúl Escobar Poblete en México por el delito de secuestro y tras el anuncio del ministro de la Corte Suprema, Mario Carroza, acerca de que solicitará que el "comandante Emilio" sea extraditado para ser juzgado por el delito de autor material del asesinato del ex senador Jaime Guzmán uno de los puntos más importantes para que este proceso se lleve a cabo es el actual tratado de extradición que mantiene nuestro país con México.
Entre los puntos que tiene el Tratado de extradición y asistencia jurídica mutua en materia penal, firmado a inicios de la década de los 90, los países anteriormente nombrados destaca el artículo 2 que se refiere a los plazos respecto a las condena.
El primer inciso señala que se permitirá el traslado de los acusados si "se trata de una pena privativa de libertad cuyo mínimo sea superior a un año". Punto que debido a la gravedad de los cargos por lo que se juzgaría, se cumpliría.
En tanto en este documento añade que, "si la extradición se solicita para la ejecución de una sentencia se requerirá que la porción de la pena que aún falte por cumplir no sea inferior a seis meses".
Otro de los puntos que aplicaría especialmente en este caso debido a que Escobar fue arrestado por el delito de secuestro en México y en Chile será juzgado por ser autor material de un asesinato es el artículo 20, que señala que el ex frentista si podría ser juzgado por el delito que se le acusa en el país azteca aunque sea solicitada y aceptada su extradición, lo que podría retrasar su retorno a Chile.
"La parte requerida podrá, después de haber resuelto sobre la solicitud de extradición, retrasar la entrega del individuo reclamado a fin de que pueda ser juzgado o, si ya ha sido condenado, para que pueda cumplir en su territorio una pena impuesta por un hecho diferente de aquél por el que se concedió la extradición", indica el artículo.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.