Debido al corte de agua anunciado por Aguas Andinas que afectará a 27 comunas de la Región Metropolitana, la Dirección del Trabajo y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social explicaron, a través de un comunicado, cuáles son los derechos de los trabajadores ante un corte de suministro.
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"Según la normativa vigente, el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que significa que el establecimiento debe contar con agua potable para el consumo de sus trabajadores y debe disponer de servicios higiénicos con agua para que puedan funcionar", señala el documento.
En ese contexto, en caso de no contar con condiciones de funcionamiento básicas, "sea por las vías regulares de suministro o a través de métodos de emergencia", los trabajadores no deben continuar sus funciones y "el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas".
En esa línea, el ministerio llamó a los trabajadores a que concurran a sus lugares de trabajo, donde "sus empleadores evaluarán la existencia de condiciones adecuadas para el funcionamiento de sus empresas". Además solicitó a los empleadores "a actuar con la mayor responsabilidad para asegurar condiciones sanitarias adecuadas y evaluar sus condiciones de trabajo, revisar horarios de entrada o salida de trabajadores, y suspender las faenas en caso de no existir las condiciones sanitarias adecuadas".