La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en segundo trámite, con modificaciones, una moción de la senadora DC, Soledad Alvear, que modifica la Ley de Urbanismo y Construcciones para hacer aplicable el procedimiento establecido en la ley del consumidor en los juicios por daños o perjuicios en la calidad de las construcciones.
La iniciativa consta de un artículo único que modifica el artículo 19 del decreto con fuerza de ley número 458, de 1975 -Ley General de Urbanismo y Construcciones- con el propósito de aplicar el procedimiento especial para la protección de intereses colectivos o difusos, consagrado en la ley número 19 mil 496, a los juicios por daños o perjuicios en la calidad de las construcciones, siempre que el inmueble perjudicado comparta un mismo permiso de edificación.
En ella, se establece, no obstante que el juez competente para conocer estas causas será el juez de letras correspondiente a la ubicación del inmueble de que se trate y el número de consumidores afectados no podrá ser inferior a seis propietarios.
Además, las indemnizaciones podrán extenderse al lucro cesante y al daño moral y la sentencia definitiva producirá efectos respecto de todas las personas que tengan el mismo interés colectivo.
Incluso, aquellas personas que no hayan ejercido la acción, podrán acreditar el interés común y beneficiarse de la sentencia, previo abono de la proporción que les corresponda en las costas personales y judiciales en que hayan incurrido las personas que ejercieron la acción judicial.
También, en caso de no ser habido el demandado, se podrá practicar la notificación de la demanda en el domicilio que haya señalado el propietario primer vendedor en las escrituras de compraventa suscritas con los demandantes y, en caso de ser varios, en cualquiera de ellos.
La propuesta legal volverá al Senado en tercer trámite para que dicha Cámara se pronuncie sobre las enmiendas introducidas por los diputados.