El diputado Osvaldo Urrutia (UDI) interpuso este jueves un recurso de protección contra la realización del Festival Mil Tambores que se desarrollará este fin de semana en Valparaíso.
El parlamentario solicitó a la Corte de Apelaciones dejar sin efecto la resolución exenta (número 1132 del 25 de septiembre de 2017) que autorizó el evento.
Además pidió que se ordene la cancelación del Festival y que se faculte a Carabineros para repeler cualquier intento de desarrollar este evento #sin las autorizaciones correspondientes y, principalmente, el uso de la vía pública".
En la acción legal el legislador explicó que "el evento cultural se ha degenerado convertido en un foco de insalubridad, daños a la propiedad pública y privada, y afectaciones al medio ambiente, que alteran el normal desenvolvimiento de la ciudad y la calidad de vida de miles de habitantes de Valparaíso".
Además, agregó que el festival "constituye una amenaza y perturbación directa al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, puesto que como la experiencia nos indica, una nueva versión de este evento aparejará indubitadamente nefastas consecuencias a la situación medio ambiental de la ciudad".
En el recurso también expuso que "no existe ni la más mínima coordinación ni preparación entre las autoridades para evitar las nefastas consecuencias que el Festival general", esto porque en la resolución emitida por el gobernador de Valparaíso, Jorge Dip) se solicitó a los organizadores el cumplimiento de algunas exigencias (como baños químicos y un plan de evacuación en caso de emergencia), pero "sólo con cuatro días de anticipación a su realización", denuncia el parlamentario.
Urrutia sostuvo que durante los tres días que se desarrolle este evento "existirá una fuente de contaminación que impedirá que durante ese periodo los recurrentes puedan vivir y desarrollarse en un entorno libre de ello. Con todo, las consecuencias de la emanación constante de contaminantes durante tres días subsistirán por semanas, tal como ha ocurrido en las versiones anteriores, lo cual constituye una afectación concreta al derecho invocado de los recurrentes".
Y enfatizó que "los daños en la propiedad de mis representados, principalmente en sus viviendas y vehículos, tal como ha ocurrido en otras versiones, constituyen una amenaza directa al legítimo ejercicio de la garantía consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política".