El 28 de marzo pasado, tres funcionarios de Carabineros de Isla de Maipo, cuyos nombres se desconocen, ingresaron a una parcela de esa localidad a raíz de una denuncia anónima por cultivo de marihuana en el interior. Pese a que la familia, encabezada por Ricardo Budin Gómez, señaló que se trataba de dos plantas que utilizaban con fines medicinales para el tratamiento de su hijo que padece el síndrome de West, los policías requisaron las matas y detuvieron al jefe de familia, esposándolo y reteniéndolo varias horas en la comisaría.

A raíz de este hecho, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo que presentó Budin, declarando que el actuar de Carabineros fue "arbitrario e ilegal", ya que realizó el procedimiento en el domicilio sin contar con orden judicial o encontrarse en situación de flagrancia, dado que los efectivos policiales sólo verificaron la existencia de las plantas ingresando al inmueble.

Este fallo de la Segunda Sala fue unánime y revocó un dictamen anterior de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había rechazado el recurso a principios de mayo. En éste se establece que el actuar de los carabineros fue "el resultado de un cúmulo de diligencias investigativas efectuadas en forma autónoma por los policías, afectando de ese modo de manera ilegal la libertad personal y seguridad individual del amparado Budin Gómez durante el período en que se vio sujeto a estas actuaciones, tanto en su domicilio como en su traslado a la unidad policial y en el período en que permaneció en ésta".

La abogada de Budin, Catalina Delgado, del estudio Hermosilla&Compañía, explicó que "la Corte hace una declaración de la ilegalidad del acto policial y acredita que se vulneraron los derechos de mi representado. Además, aceptaron nuestra solicitud de que Carabineros realice un sumario interno para investigar el procedimiento".

Asimismo, la profesional confirmó que presentó un nuevo recurso de amparo a nombre del hijo de Ricardo Budin, en la Corte de Apelaciones de San Miguel. "Estos hechos acreditan que hubo una vulneración al derecho a la vida y a la salud del menor ante la incautación de las plantas de cannabis. Presentamos un certificado que comprueba que se usa para fabricar un aceite de resina que permite tratar el síndrome de West, que es una patología que presenta cuadros epilépticos y problemas cognitivos y una interrupción de ese tratamiento puede causar incluso la muerte del menor".

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Según Delgado, el máximo tribunal "viene estableciendo jurisprudencia desde 2014, relativos a los derechos de los consumidores de cannabis en los procesos investigativos".

"Los últimos fallos reafirman la vigencia de los derechos fundamentales que tienen los usuarios de cannabis en el proceso de investigación, porque lo que estaba pasando es que a pesar de que la Suprema decía que el cultivo personal es legal, durante el periodo de investigación se usaban las medidas más restrictivas como prisión preventiva o arresto domiciliario total. Y en eso hay una vulneración de derechos", afirmó la abogada.

Al respecto, la directora ejecutiva de Fundación Daya, Ana María Gazmuri, dijo que "la Corte Suprema está leyendo apropiadamente lo que dice la legislación actual, que el autocultivo está despenalizado en Chile. Y los fallos de la Suprema y también de la justicia ordinaria, ratifican esta  lectura de la correcta aplicación dela ley 20.000".

Añadió que durante la marcha del domingo en favor de la marihuana, se reunieron firmas "pidiendo la inmediata detención de la violación de los derechos humanos de los consumidores de cannabis que cada vez que se someten a proceso se están vulnerando sus derechos".