A poco más de un año de conocerse el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por colusión contra las empresas CMPC y SCA, los informes encargados por las partes comienzan a entregar sus primeras conclusiones.
Ayer lo reveló un estudio encargado por la FNE, elaborado por Marcelo Morales, ingeniero civil, de la Universidad de Chile; y Ana María Montoya, ingeniera comercial de la Universidad de Barcelona. El documento, titulado "Estimación de sobreprecio para el caso de colusión en el mercado del papel tissue", que fue liberado ayer por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). De acuerdo con el documento, el cálculo del sobreprecio se establece entre US$ 225 millones y US$ 450 millones.
Los encargados de este estudio elaboraron escenarios utilizando dos metodologías. La primera de ellas, llamada Before-After, establece que en la categoría de papel higiénico el sobreprecio promedio durante la colusión fue de 12,9% para CMPC y 12,1% para SCA. En este caso, el beneficio extra para CMPC alcanza las 234.765 unidades tributarias anuales (UTA, equivalentes a US$ 196,9 millones); mientras que para SCA, esta cifra llegó a las 39.837 UTA (US$ 33,4 millones). Sumando ambas, se llega a los US$ 225 millones en total.
Con la segunda metodología utilizada, llamada estructural, el promedio de sobreprecio para SCA es cercano a 35%, mientras que el de CMPC alcanza a 19%. En este escenario, el beneficio extra obtenido por CMPC alcanza las 436.353 UTA (US$ 366 millones), mientras que para SCA las 109.588 UTA (US$ 91,9 millones). Al sumar ambas cifras, se obtiene un total de US$ 448 millones entre el sobreprecio de ambas firmas.
De acuerdo con el escrito presentado por la FNE ante el TDLC, la metodología Before and After asume un período colusivo y uno no colusivo, "comparándose los precios entre ambos, controlando por otros factores de costo y demanda". A raíz de lo anterior, los realizadores de este informe señalan que una de las deficiencias de este esquema es que "tiende a subestimar el efecto de la colusión".
En tanto, la Fiscalía puntualiza en el documento que el escenario denominado estructural, permite simular "un escenario contrafactual de competencia en precios para el período considerado como colusivo (2007 al 2010)".
Respecto al monto calculado como sobreprecio, los autores del informe señalan que cabe destacar que las estimaciones "se consideran conservadoras" debido a que están circunscritas al mercado de papel higiénico en el canal supermercados, "sin tomar en cuenta los otros productos en la industria del papel tissue donde también operaba el acuerdo". En el estudio, también se excluyeron del cálculo las marcas propias, que pudieron también formar parte del acuerdo entre las firmas de papel tissue.
"Aunque conservador, el cálculo de beneficio extra evaluado en este trabajo es considerable", señalaron los autores en su informe.
Seguimiento de precios
La FNE adjuntó otro archivo en su presentación al TDLC, denominado "Implementación de precios colusivos en el mercado del papel tissue", que fue elaborado por la ingeniera comercial de la PUC, Sofía Garcés. Para la realización de dicho informe, la FNE encargó a la profesional analizar el nivel de cumplimiento del acuerdo entre ambas compañías para realizar un seguimiento de precios.
La primera conclusión que arroja el estudio, es que tanto CMPC como SCA cumplieron el acuerdo, al traspasar los "precios colusivos a las sugerencias de precios que enviaron a los supermercados", hecho que de acuerdo con el informe, fue acreditado hasta agosto de 2012. Además, concluye que en el caso de CMPC el traspaso al precio sugerido fue cercano al 93%, mientras que en el caso de SCA se registró en el 82%.
La segunda conclusión que arrojó este estudio es que entre 2006 y 2012 la utilización de precios sugeridos fue un instrumento "eficaz, utilizado por las requeridas para establecer los precios deseados a nivel minorista, ya que de acuerdo con los resultados, las sugerencias de precios fueron implementadas en 90% en la categoría de papel tissue de los supermercados para productos de CMPC, y en 96,2% para SCA", no pudiéndose descartar estadísticamente el informe que estas se hayan implementado "hasta en un 99,8% para la primera (CMPC) y al 100% para la segunda (SCA)".