La marca Brooks vestirá a la selección de fútbol nacional hasta 2019. Así quedó establecido ayer, luego de que el árbitro Fernando Barros emitió un fallo favorable a la marca del grupo Forus -ligado al empresario Alfonso Swett-, el cual sería inapelable. Esta empresa mantenía una disputa con la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) -presidida por Harold Mayne-Nicholls- desde 2007.
Ese año, la asociación inició una demanda arbitral contra Brooks para terminar anticipadamente el contrato de exclusividad que le permitía ser el sponsor oficial de la vestimenta de la Selección, el cual concluía el 31 de diciembre de 2014.
Según fuentes ligadas al proceso, ayer, a las 13.00 horas, y tras dos años de disputa, el gerente general de la ANFP, Carlos Morales; el director ejecutivo de Forus, Alfonso Andrés Swett, y los abogados de ambas partes firmaron el fallo. Ahí se acogió la decisión del árbitro respecto de que el contrato no sólo dure hasta 2014, sino que se extienda y que Brooks siga como auspiciador oficial de la Selección hasta 2019.
Las fuentes comentaron que el fallo establece dos cláusulas de salida si la ANFP opta por terminar el contrato por adelantado. La primera es por todo el mes de julio de 2010. Si la ejerce la asociación, deberá pagar una indemnización de US$ 3 millones a la firma de Swett. La segunda es en julio de 2015 y en ese caso deberá cancelar US$ 1,7 millón.
A su vez, el árbitro estableció que Brooks deberá realizar un pago mínimo a la ANFP, que en el contrato original no existía, por ser el sponsor oficial de las camisetas.
Las fuentes aseguran, además, que Forus contará con la opción de poder ceder el contrato a un tercero.
ARGUMENTOS
Según personas cercanas a la negociación, Barros desestimó el eje central de la denuncia presentada por la ANFP, que solicitaba anular una extensión del contrato que el predecesor de Mayne-Nicholls, Reinaldo Sánchez, concedió a Brooks, a cambio de unos US$ 500 mil que el organismo requería con urgencia para evitar un embargo de bienes.
El árbitro habría sentenciado que las condiciones tanto del contrato como de sus modificaciones eran absolutamente válidas y que Forus había actuado de buena fe en la ejecución de éstas. De hecho, el árbitro mantuvo el royalty del contrato inicial -porcentaje de las ventas anuales que debe pagar Brooks a la ANFP, pero a precio mayorista- en 20%.
De acuerdo con el fallo, ese porcentaje subirá sólo en los casos en que la Selección pase en el Mundial a octavos de final (21%) o a cuartos de final (22%).
Brooks representa 2,5% de las ventas totales de Forus en Chile-que opera alrededor de 20 marcas-, nivel que la empresa podría incrementar con fuerza gracias al Mundial de Sudáfrica 2010.