Así como el año pasado las investigaciones vinculadas al financiamiento de la política marcaron el quehacer en la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente y del fiscal jefe Carlos Gajardo, podría decirse que 2016 ha sido el año de los delitos del ámbito financiero. Partió en marzo investigando la estafa contra Patricio Santos y AC Inversions, y que derivaron en las sucesivas estafas piramidales que estallaron: IM Forex, Arcano, Rodríguez y Asociados, InvestingCapital. Y cuando todos los expertos del mercado aconsejaban invertir en entidades reguladas, apareció Mauricio Peña, ex gerente de inversiones de Aurus, una reputada gestora de fondos, que falsificó valorizaciones y habría entregado información falsa al mercado y desviado fondos. También Gajardo lideró la formalización contra la plana mayor de la ex corredora FIT Research, Francisco y Ricardo Montaner, y Gerardo Rojas.

En esta entrevista, el fiscal asegura que se requiere mayor supervisión y prevención, pero también mejorar las potestades del Ministerio Público en delitos tributarios, electorales y de colusión, materias en las que, subraya, que la Fiscalía depende de decisiones de carácter administrativo para iniciar investigaciones.

¿Qué le parece la decisión de detener a Alberto Chang en Malta?

Nos parece una decisión importante porque es el inicio del proceso de extradición en Malta una vez que ella ha sido requerida por el Estado de Chile y porque muestra el convencimiento de la Fiscalía de Malta en llevar adelante la extradición.

¿Existe la posibilidad de que Chang sea enviado a EEUU y no a Chile?

El proceso de extradición que se ha iniciado en Malta es por la solicitud del Estado de Chile. No hay en curso ningún proceso de extradición respecto del señor Chang solicitado por Estados Unidos.

¿Qué viene ahora en este caso?

El proceso de extradición recién se ha iniciado judicialmente en Malta y debe concluir en que sus tribunales decidan otorgar o no la extradición a Chile, analizando el mérito de los antecedentes y la legislación vigente. Estamos confiados que eso finalmente ocurrirá.

Una vez que llegue a Chile, ¿Chang quedará con arresto y pasará a un juicio o seguirá investigando?

Cuando una persona es extraditada y llega al país se inicia el proceso en Chile y continúa la investigación hasta que se dicta acusación. Todos los caminos que establece la ley son posibles en ese caso.

Las estafas piramidales en el mundo no son nuevas, está Madoff y más atrás el esquema Ponzi, ¿por qué no nos preparamos en Chile?

En general, por muchos resguardos que se puedan tomar, los engaños pueden cometerse igual. Lo que sí es digno de analizar y es lo que hizo la comisión investigadora de la Cámara de Diputados, es si la regulación estaba preparada, y ahí me parece que la respuesta de manera unánime es negativa. En delitos financieros la institucionalidad no estaba preparada y es bueno que se realicen modificaciones legales y administrativas.

Para investigar, ¿lo complica no tener herramientas legales específicas?

Las herramientas del Código Procesal Penal y las penas me parecen razonables. Pero lo que no parece sensato, es que la primera alarma de este tipo de investigaciones las efectúe la Fiscalía. Ninguna se inició por una alerta o por una denuncia que hiciera un órgano administrativo.

¿Qué les falta a los reguladores para enfrentar estos casos?

Corresponde tener cuerpos fiscalizadores más potentes y tengo la impresión que no existe ni en la Superintendencia de Bancos, ni en la de Valores. Este tipo de actividades tienen que ser detectadas mediante fiscalizaciones y patrullajes virtuales, clientes incógnitos.

¿Cuál es el denominador común de las estafas piramidales?

En todas hay un personaje clave, que hace de cabeza de estas organizaciones delictuales, que se arroga la calidad de tener una capacidad única de hacer rentar el dinero. En el caso Arcano con Alberto Chang, en AC Inversions con Patricio Santos, IM Forex con Víctor Pantoja y en Rodríguez y Asociados con Carlos Rodríguez. Y se junta con los deseos que todas las personas tienen de obtener el mayor retorno de sus dineros.

Tras estos casos, el consejo era invertir con empresas reguladas, pero apareció Aurus...

Cuando hemos hecho nuestras alegaciones, tanto en FIT como en Aurus, hemos puesto énfasis en que hay una especial gravedad porque se realizan al interior de sociedades reguladas y porque da cuenta de una mayor afectación al bien jurídico. Ya no es solo un tema patrimonial, sino que afecta al orden público económico.

Por eso esperaría que estas autoridades administrativas encendieran las alarmas...

Sin duda, pero hay que decir en su favor en que el sistema se basa en la buena fe. La información que le entregas a la Superintendencia, se espera que sea fidedigna. Por eso se impone una sanción muy fuerte si le mientes a la autoridad.

En el caso de Aurus, ¿fallaron los controles internos a los que la ley los obliga?

Eso es bastante claro y lo hemos dicho nosotros en audiencia. Hubo fallas relevantes de los controles internos que debían estar establecidos, y eso es materia de investigación hoy de la SVS.

Está investigando empresas con amplios equipos legales y sofisticados técnicos, ¿están preparados financieramente y en personal para enfrentarlos?

El equipo que nosotros tenemos es reducido, de pocos fiscales y abogados. No cuentan las fiscalías de alta complejidad con analistas, y por lo tanto nos apoyamos especialmente en las policías y hemos tenido un trabajo bastante mancomunado con la brigada de delitos económicos de la PDI. Siempre va a ser posible mejorar y tener mejores equipos de apoyo, pero hasta acá la comunión de la PDI con la Fiscalía ha resultado provechosa.

¿La Comisión de Mercado Financiero ayuda a madurar la fiscalización sobre mercados distintos?

Celebro que haya preocupación en cuanto a fortalecer los instrumentos para fiscalizar, en la etapa previa a que se denuncien los delitos. Es bueno que haya mayores facultades en la prevención de los delitos y en la fiscalización. Me parece que para evitar la comisión de delitos, son tres las claves: prevención, fiscalización, y luego la sanción.

Sobre la sanción, recientemente el Tribunal Constitucional anuló el límite de multa de 550 mil UF contra Roberto Guzmán en el caso cascadas y la fijó en 15 mil UF, ¿quita poder disuasivo una multa de ese monto?

Me quedo con lo que dijo el Consejo de Defensa del Estado, que haciendo alusión a lo bajo que terminaban siendo estas sanciones, es ponerle una tarifa a infringir la ley. Eso no puede ser así, si tenemos multas que son muy bajas, casi irrisorias en comparación con el beneficio que se obtiene infringiendo la ley, lo que termina siendo es una tarifa para faltar a la ley y no es la idea.

Y en materia penal, ¿las sanciones actuales son disuasivas?

No hay una gran cuestión en torno a los delitos de estafa, tienen penas razonablemente adecuadas a la gravedad de los hechos. Hay un grave problema con el soborno. Cuando un particular le paga a un funcionario público para realizar una conducta indebida, tiene una pena ridículamente baja en nuestro país. Tiene la misma sanción sobornar a un ministro de Estado, que robarse un chocolate en un supermercado o vender un CD pirata. No guarda relación con la gravedad de la conducta. Tiene que ser urgentemente mejorado, lamentablemente no ha habido un intento de legislar de manera urgente.

¿Hay otros delitos que deban contemplar pena?

Hay otra serie de modificaciones que son urgentes en el derecho penal y económico y yo resaltaría dos. Primero, que se establezca el delito de soborno entre particulares, que en el caso Jadue ha quedado muy de manifiesto, cuando a un particular una empresa lo corrompe para que lo elija como proveedor, eso no es un delito hoy. Y segundo, establecer la figura de la administración desleal, que consiste en la sanción que se le establece al administrador de cualquier sociedad que desvíe fondos de manera desleal a su favor o haciendo negocios que son perjudiciales para la empresa.

¿Qué le parece que el Ministerio Público no tenga atribuciones para iniciar una investigación por colusión?

El derecho penal sanciona aquellas conductas más graves y que atentan contra el conjunto de la ciudadanía. Por lo tanto, cuando una sociedad decide sancionar esas conductas, no debiera haber ninguna otra traba para que esa investigación se inicie. Por eso en el caso de delitos electorales, tributarios o de colusión, no hay una buena razón para que esa investigación deba esperar para su inicio que un órgano administrativo dé el vamos. La obligación que sea el Servicio de Impuestos Internos el que inicie investigaciones en delitos tributarios, ha demostrado ser una mala norma, que ha generado muchas dificultades, y que esa exigencia se haya replicado en los delitos de colusión y los electorales, también me parece una mala política.

¿Queda la sensación que las personas que cometen delitos tributarios, electorales o de colusión son tratadas de manera distinta?

Los delitos que se cometen, por lo menos, son tratados como de otra categoría, porque exigen que para que la Fiscalía pueda intervenir, se haga una denuncia previa de un órgano administrativo y eso me parece que no tiene racionalidad jurídica.