La Fiscal Judicial de la Corte Suprema, Monica Maldonado Croquevielle, emitió este martes el informe relacionado con el recurso de revisión interpuesto por Entel PCS Comunicaciones S. A., en que se solicitaba la anulación de la sentencia dictada por la Tercera Sala del máximo Tribunal, con fecha 23 de diciembre de 2011, que le impuso a esa empresa una multa por infracción a la Ley Antimonopolios, al no ofrecer a terceros las oportunidades para que actúen como operadores móviles virtuales (OMV) a las cuales estaban obligados.

El informe, concluye sugiriendo que no debe acogerse el recurso de revisión interpuesto, toda vez que no resulta revisable una sentencia dictada por el máximo tribunal, y además en virtud de no advertirse infracción a los efectos de cosa juzgada entre este fallo condenatorio, y lo resuelto anteriormente en un procedimiento de consulta por una fusión de empresas operadoras de telefonía móvil y que fue resuelta por la misma Corte Suprema en el año 2005.

Luego de este informe, corresponderá a la propia Corte Suprema determinar la procedencia del recurso de revisión respecto de este asunto que se falló en diciembre del año 2011 y que fijó una significativa multa a pagar por tres operadores móviles Entel PCS Telecomunicaciones S. A., Telefónica Móviles Chile S. A, y Claro Chile S. A.