La Corte de Apelaciones de Temuco aprobó el recurso de protección que Gendarmería presentó a favor de los cuatro mapuches que mantienen una huelga de hambre líquida hace 53 días, en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Angol.
Esta medida permite el traslado inmediato ante una descompensación de los ayunantes, el líder militar de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul, además de Ramón Llanquileo, Jonathan Huillical y José Huenuche. El primero fue condenado a 25 años de cárcel y los restantes a 20 por el ataque al fiscal de Cañete, Mario Lengüeta, y por robo de madera; por lo que permanecen recluidos en el penal de Angol.
El fallo sostiene que la huelga de hambre "constituyen una perturbación y amenaza grave del derecho a la vida e integridad física de aquellas personas, por cuanto la negativa a recibir alimentos por su propia mano o con la ayuda de terceros configura un atentado directo contra esos bienes jurídicos vitales. Tales conductas son ilegales y arbitrarias pues tienen como consecuencias en la salud y la vida misma de esas personas".
El dictamen del tribunal de alzada de Temuco sostiene que "quien recurre que las conductas ilegales y arbitrarias señaladas amenazan gravemente la vida y lesionan directamente la integridad física de los huelguistas, derechos consagrados y amparados por la Constitución Política en el artículo 19 Nº 1 en relación con el artículo 20 del mismo cuerpo legal".