La expulsión es la máxima sanción que el Estado puede determinar para un migrante por diversas causas, como ingresar por un paso no habilitado o permanecer en territorio nacional luego de haber vencido su permiso de estadía. Según la Ley de Extranjería, la autoridad tiene la facultad de expulsar a un extranjero por casi cualquiera de las infracciones que dicta, pero no establece un procedimiento ni instancia para que la persona afectada pueda defenderse.
Como consecuencia, existe una "casi nula utilización" de recursos judiciales, como el de reclamación, para poder hacer frente a la medida, "vulnerando su derecho a la defensa e infringiendo varias garantías mínimas del debido proceso, como son la defensa técnica especializada, la provisión de intérpretes". Así lo señala la 14ª versión del Informe Anual de Derechos Humanos elaborado por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la U. Diego Portales, en el capítulo "Debido proceso en los procedimientos de expulsión administrativa de migrantes", el que será presentado el lunes.
Según el documento, en 2014 se dictaron 2.935 órdenes de expulsión, de las cuales sólo 0,8% siguió un recurso de reclamación, presentado ante la Corte Suprema, en contra del dictamen, debido a que se requiere contar con asistencia legal en un plazo perentorio de 24 horas. "Hoy la autoridad no sólo tiene la facultad de dictar órdenes de expulsión de forma discrecional, sino que además el Estado no está respetando las garantías para que sea un juez quien vea las causas, ni para que los migrantes se puedan defender en procedimientos judiciales y administrativos con un defensor público que le asista", explica Delfina Lawson, una de las autoras del informe.
La académica agrega que "así, su aplicación trae aparejada en muchos casos la ruptura de vínculos familiares, la interrupción de años de arraigo, de generación de redes, de proyectos de vida y emprendimientos".
Para Miguel Yaksic, director nacional del Servicio Jesuita a Migrantes, no contar con un debido proceso "es una grave vulneración a los derechos de las personas y hoy se están decretando expulsiones sin que el juez haya conocido el delito, por lo tanto, debería imperar la presunción de inocencia. Especialmente si tomamos en cuenta que la gran mayoría de las expulsiones son por ingreso irregular de migrantes que, por lo general, han sido víctimas de tráfico de personas".
Nuevo trato
Rodrigo Sandoval, director del Departamento de Extranjería, reconoce la situación originada por la actual normativa que tiene 40 años, la cual "obliga a dar un tratamiento penal a cosas que son de orden administrativo, como una situación migratoria irregular", dice.
Explica que la entidad ha establecido algunas reglas al procedimiento como "la obligación de que en el proceso de expulsión se ponderen, además del tipo de infracción, otras condiciones atenuantes como la existencia de familias, el comportamiento ejemplar, o tiempo transcurrido desde la infracción (...) de esta forma intentamos no dar un tratamiento penal a situaciones de orden migratorio".