Un total de 32 mil casos de mujeres que han tenido un embarazo finalizado en un aborto han sido cubiertos por las isapres entre 2008 y 2014. Esto, según el último reporte de la Superintendencia de Salud sobre egresos hospitalarios (que registran las causas y altas médicas). Los expertos aseguran que se trata de una cifra que refleja que la intervención hoy se realiza en la práctica, pero que no existe una ley que regule las causas.

El reporte plantea que las razones por las que se produce el término de los procesos son, en su mayoría, por "productos anormales de la concepción", "abortos espontáneos" y cuando ocurre un "embarazo ectópico" (el feto se anida fuera del lugar adecuado, lo que genera alto riesgo para la salud de la mujer). Otra de las causas cubiertas por las aseguradoras en ese período fue el denominado "aborto médico", el que corresponde -según la Clasificación Estadística Internacional (CEI) de la Organización Mundial de la Salud- a una interrupción terapéutica.

Las estadísticas de Salud, también clasifican el "intento fallido de aborto" realizado por la propia mujer: hubo 41 casos, entre 2008 y 2014. El registro revela que aumentó la cantidad de gestaciones interrumpidas en el sistema privado: en 2008 eran 4.733 casos, en 2014 se llegó a 5.064.

El presidente de Empresas Masvida, Claudio Santander, afirmó que en la práctica se entregan estas prestaciones de manera regular en centros de salud. "Siempre se ha realizado como procedimiento y está cubierto". Dijo que para efectuar esta prestación, las aseguradoras realizan requerimientos a recintos, los que deben entregar el resultado de una biopsia -análisis del tejido extraído- para determinar porqué se produjo el aborto de la paciente. "Esto se hace con el fin de determinar que no se indujo el aborto, pues eso no se cubre", dijo. Añadió que "el proyecto de ley viene a legalizar una situación" y con la norma "se vuelve a lo que sucedía en los '80, época en que era legal hacer estos procedimientos". Santander agregó que si un médico practica un aborto en una clínica, "teóricamente, lo pueden llevar a juicio, porque la legislación no lo contempla".

CLASIFICACIONES

El académico de la Escuela de Salud Pública de la U. de Chile y  fundador del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo del Adolescente (Cemera), Ramiro Molina, explicó que "hoy existe  una disparidad entre la praxis médica y lo que dice la ley, porque tanto la red pública como privada registran los egresos de aborto y, según los estudios que he realizado, sólo las anomalías en la concepción, el embarazo ectópico y la mola hidaitoforme (degeneración de la placenta) reúnen el 35% de éstos". Añadió que existe una alta cantidad de abortos "no especificados", donde "seguramente se clasifican las interrupciones por intervenciones personales o por uso de misotrol o misopostrol", fármacos que provocan pérdidas.

Molina afirmó que si se aprueba el proyecto de ley, el aumento de interrupciones del embarazo no será significativo: "No subirían más allá de entre el 2,1% a 3,7% del total de abortos registrados en los egresos hospitalarios" .

Consultado el Ministerio de Salud por las cifras, no se refirieron al tema.