Una de las primeras tareas que asumió Jorge Burgos al llegar al Ministerio de Defensa fue el inicio de la redacción de una reforma a la justicia militar. En esta entrevista, el secretario de Estado profundiza en dichos cambios.
En diciembre de 2010, el gobierno de Piñera modificó la justicia militar y se excluyó a los civiles imputados. ¿El siguiente paso es que ya no estén bajo la jurisdicción castrense los delitos comunes cometidos por uniformados?
La Ley 20.477 de diciembre de 2010 introdujo una modificación parcial a la competencia de los tribunales, excluyendo a los civiles sólo cuando éstos hubieren cometido el delito. La reforma que nos hemos propuesto llevar a cabo tiene como una de sus finalidades excluir a los civiles también cuando tengan la posición de víctimas del delito. Respecto de la naturaleza de los ilícitos, esto es algo que nos encontramos analizando, pero siempre bajo la lógica del cumplimiento de los estándares internacionales en la materia. Desde ese punto de vista, el tratamiento de los delitos comunes debiera quedar radicado en la justicia ordinaria.
Y en contraposición a eso, ¿qué casos quedarían en manos de los tribunales castrenses?
La competencia de los tribunales militares en un Estado democrático y de derecho debería ser excepcional. Por tanto, debe conocer y juzgar aquellos comportamientos que atenten contra intereses estrictamente militares, vinculados a la función de las fuerzas militares. En consecuencia, su competencia debería extenderse al conocimiento y juzgamiento de delitos militares cometidos por militares.
¿La reforma involucra modificaciones a la duración de las penas?
La revisión de la penalidad es parte del trabajo de la reforma. Sobre esta materia nos interesa que exista una relación justificada, razonable y proporcional entre el comportamiento prohibido y la pena asociada a la realización de ese comportamiento.
¿Una reforma de este tipo, de cierta manera refleja un Chile más reconciliado con su historia reciente? En el sentido de que no habría tantos traumas para cambios de este tipo.
Sin duda, una reforma de esta naturaleza pudo ser compleja en los 90, algo menos a principios de siglo, pero convengamos que hace una década ya era posible, aunque tal vez no prioritaria. Hoy es posible y nada justifica más demora.
La labor uniformada presenta diferencias con otras labores profesionales, ¿cómo se resguardará que la justicia civil atienda dichas diferencias?
En el trabajo llevado a cabo por el ministerio está muy presente la idea de que la labor castrense tiene particularidades que ameritan darle un tratamiento adecuado. Sin perjuicio de la existencia de un debate académico, que no obviamos en absoluto, también entendemos que existen fundamentos para mantener una justicia especial-militar que resguarde los especiales intereses militares a través de normas procesales y sustantivas.
¿La reforma involucra algún cambio al sistema de reclusión de uniformados?
Si bien el Código de Justicia Militar aborda tangencialmente los lugares en que son recluidos los uniformados, es necesario puntualizar que nuestra labor se encuentra abocada a entregar nuevos tribunales militares, un nuevo procedimiento que se adecue a los parámetros de un debido proceso y un sistema de delitos más restrictivo que también dé respuesta a los intereses y bienes que se resguardan en el ámbito militar.
¿Podrían terminarse las cárceles especiales para uniformados?
No es el objetivo de la reforma que estudiamos. La política penitenciaria no es de nuestra competencia.
Gobierno prepara profunda reforma al Código de Justicia Militar
¿El cambio involucra alguna modificación al sistema de revisión de penas?
La reforma incluye un análisis exhaustivo tanto de los delitos en particular como de las reglas generales que se aplican en el momento de determinación de la pena. Evidentemente, en esa medida, el sistema de penas será revisado y adecuado de manera que se avenga con las necesidades de un Estado democrático y de derecho. Uno de los aspectos que tenemos en consideración en el ámbito del sistema de penas es la eliminación de la pena de muerte en las hipótesis que aún se contemplan en tiempos de guerra. Nuestra intención es, como ya lo he dicho antes, adecuar las penas a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
¿Y podría incluir el que uniformados condenados por delitos contra los derechos humanos pierdan su grado?
Estamos analizando y trabajando todo aquello que pertenece al ámbito de los delitos, incluyendo las reglas generales. En consecuencia, las penas deben ser analizadas, lo cual no significa que esas modificaciones vayan a afectar a situaciones pasadas, por el contrario, es inherente a la norma penal que ella rija para aquellas hipótesis que se presenten con posterioridad a su entrada en vigencia.
¿Qué rol jugarán los auditores de las Fuerzas Armadas en el trabajo de estudio?
Un rol esencial. Queremos llevar al Parlamento una propuesta construida con los auditores, no contra los auditores.
¿Qué espera del Congreso en esta materia?
Un profundo y buen debate. Mi experiencia de 12 años en la Cámara de Diputados me indica que este tipo de reformas son enriquecidas en la discusión parlamentaria.